En la sentencia por este caso, en el que se absuelve de todos las imputaciones a un tercer agente también acusado de vejar a esta compañera por ser homosexual, la Sección segunda del tribunal provincial descarta los delitos contra la integridad moral y de lesiones psíquicas, ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Baleares en un comunicado.

El tribunal considera probado que dos de los policías dieron un "grave trato degradante" a su compañera, mediante "una conducta continuada y habitual de humillación por su condición sexual de lesbiana", pero indica que el delito contra la integridad moral prescribe a los 5 años y, cuando se denunciaron los hechos, habían transcurrido 8, por lo que está prescrito.

El tribunal declara probado que los dos policías, de común acuerdo y "movidos por su odio y desprecio a la condición homosexual" de su compañera, la apodaban "tijeritas", se llevaban la mano a los genitales con actos obscenos y hacían chistes de homosexuales en su presencia para "mofarse de ella".

Según la sentencia, los hechos se produjeron con mayor frecuencia e intensidad mientras la agente estuvo en la unidad motorizada nocturna y los dos agentes convirtieron ese comportamiento en su forma habitual de relacionarse con su compañera, algo que le afectó psicológicamente.

El tribunal considera que el relato de la víctima es coherente, lógico y detallado y cree corroboradas "las situaciones de humillación y vejaciones" a las que fue sometida, según su propio testimonio, un informe forense que considera su estado compatible con una situación de humillación continua y otros indicios.

Según la sala, la conducta continuada de hostigamiento, vejación e insulto fue entre 2007 y 2009, aunque luego pudo existir algún hecho esporádico y puntual. En cuanto a la acusación por omisión por esos hechos a un tercer policía que era superior de los dos anteriores, la sala le absuelve porque "no existe ninguna corroboración objetiva" del relato de la víctima.

Sobre la acusación de lesiones psíquicas, la sala entiende que los tratamientos médico-psiquiátricos que recibió la agente "no pueden ligarse directamente" a la situación vivida en la unidad motorizada nocturna.

El tribunal declara probado que, después de que la afectada relatara los hechos en una entrevista en la radio, los acusados se pusieron en contacto con otra mujer con quien había estado enemistada y la presionaron para que colaborase con ellos para hacer frente a la denuncia y hostigar y desacreditar a la denunciante, hechos que constituyen coacciones.

También declara probado que uno de los agentes contactó con varios compañeros para que colaborasen con él y mintieran diciendo que habían visto a su compañera intentando maltratar a un detenido, y la denunció por ello, sabiendo que esos hechos eran falsos.

Los magistrados destacan en la sentencia que en el juicio "se ha exteriorizado de forma visible el miedo", un temor "racionalmente fundado". Esta causa es una pieza separada del llamado caso Policía Local, sobre una presunta trama corrupta en el cuerpo de seguridad palmesano.