Un hombre ha sido condenado en Alicante a 14 años y tres meses de prisión por agredir sexualmente a la hija de su pareja sentimental hasta tres veces por semana durante cerca de cuatro años, desde que la víctima tenía 8 y hasta que cumplió los 12.
La sentencia de la Audiencia Provincial, a la que ha tenido acceso EFE, ve probado que el procesado, que mantuvo una relación de pareja con la madre de la víctima durante 9 años en Pinoso (Alicante), comenzó a realizar tocamientos de índole sexual a la niña desde que ella tenía 8 años.
Al poco tiempo, las agresiones sexuales se fueron ampliando hasta llegar a la penetración vaginal o felaciones, según el fallo, que precisa que esas agresiones se producían hasta tres veces por semana y que terminaron cuando la pequeña cumplió 12 años, que fue el momento en el que cesó la relación que el procesado mantenía con su madre y cuando se fue de casa.
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La niña no contó nada a su madre sobre esas agresiones hasta dos años después de que terminase la relación debido a que el acusado la había amenazado con matarla tanto a ella como a su progenitora. Además de la prisión, se le imponen 7 años más de libertad vigilada y un alejamiento de 300 metros durante 16 años, así como a una indemnización de 12.000 euros por los daños morales en una sentencia recurrible en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJCV) en el plazo de diez días.
Con algún 'pero'
La Justicia ratifica que llamar "gilipollas" a un jefe no es motivo de despido
Así lo ha ratificado el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM). Eso sí, enfatiza que el insulto debe ser "concreto y aislado" en un contexto determinado, como el caso de un empleado al que le pidieron que se quedara a una reunión al terminar su turno.