La Sección Tercera de la Audiencia de Jaén ha condenado a un hombre a cuatro años de prisión por propinar tres puñaladas a su mujer, saltándose la orden alejamiento que tenía. La condena es por dos delitos de lesiones, y no de homicidio al entender el tribunal que "la finalidad del acusado no fue la de matar a la que había sido su mujer, a pesar del uso del cuchillo".
Además, el hombre ha sido absuelto del delito de malos tratos habituales del que le acusaba inicialmente el Ministerio Fiscal y la acusación particular, al entender que "no ha resultado acreditado que el procesado hubiera sometido a su mujer a un trato humillante, ni ejerciera sobre ella control alguno ni tampoco agresión por los que su mujer formuló denuncia".
La sucesión de los hechos
El relato de los hechos establece que el acusado se personó en el lugar en el que trabajaba su mujer sorprendiéndola por la espalda. "Tapándole con una mano la boca mientras con la otra sostenía el cuchillo le dijo que tenían que volver". Ella, "atemorizada le contestó que sí", y le sugirió ir a casa para hablar.
Así, salieron a la calle. Él seguía sujetando a su mujer por el cuello y sosteniendo un cuchillo en el costado de ella; ella pidió auxilio. "Ambos forcejaron y cayeron al suelo, y él encima de ella le asestó tres puñaladas en la zona del pecho y las piernas", recoge la sentencia. Finalmente, varios vecinos lograron separar al acusado de la víctima.
La agresión, que quedó registrada en una grabadora que ella portaba por recomendación, se produjo después de que la mujer denunciara al acusado por malos tratos y el juzgado le impusiera una medida de alejamiento y comunicación con su esposa.
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