El Tribunal del Supremo insta a continuar la causa contra Alberto Rodríguez, diputado de Unidas Podemos, por un presunto delito de atentado y falta de lesiones. El organismo ha dado un plazo de diez días al Ministerio Fiscal para que solicite la apertura de juicio oral.

La motivación de este hecho reside en una patada a un policía presuntamente realizada por el hoy diputado el 25 de enero de 2014 en La Laguna (Tenerife). Los hechos se habrían producido en una manifestación en contra del entonces ministro de Educación, Cultura y Deporte José Ignacio Wert.

Así, el juez instructor de la causa, después de contar con la declaración del investigado, ha procedido a dar trámite de audiencia a las partes. La Fiscalía ha pedido la adopción del auto de transformación en procedimiento abreviado tras apreciar indicios de delito.

Por otra parte, la defensa del acusado ha aportado documentación videográfica para negar cualquier relación del diputado con el acto violento. Por ello han pedido el archivo de la causa acordándose el sobreseimiento libre tras no quedar suficientemente acreditada la comisión de infracción penal.

Según el juez instructor, "los argumentos que recoge la defensa en justificación de su petición son, en todo caso, más propios del plenario. No se trata ahora de ventilar la culpabilidad o inocencia del acusado, sino tan solo verificar si la acusación que anuncia el Ministerio Público goza de un fundamento razonable (juicio de acusación) por consistir en imputación de hechos que, resultando típicos, cuentan con una base indiciaria que supera un estándar medio de potencialidad acreditativa, en el bien entendido de que la cuestión de fondo habrá de ser resuelta por el Tribunal competente a la vista de la prueba que pueda desplegarse en el acto del juicio oral".

El auto añade al respecto que "las declaraciones del agente policial que aparece como supuesta víctima, más la objetividad de los partes médicos conforman un cuadro indiciario suficiente para avanzar en el procedimiento y conferir el correspondiente traslado a la única acusación personada a los efectos del artículo780 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".

Suficientes elementos para atribuir responsabilidad

El juez instructor ha expresado que existen elementos suficientes para considerar al investigado posible responsable de los hechos. El auto reza lo siguiente: "Sobre las 11 horas del día 25 de enero de 2014 con motivo de un acto al que asistía un Ministro del entonces Gobierno de la Nación se convocó una manifestación en el centro de La Laguna, en las proximidades de la Catedral donde se celebraba el evento. En ese marco y tras algunos altercados entre manifestantes y efectivos policiales, el investigado Alberto Rodríguez Rodríguez, propinó una patada al policía nº 92.025, causándole una contusión en la rodilla izquierda, que sanaría en cinco días, sin baja laboral y con necesidad de una única asistencia facultativa".