El alto tribunal confirma la pena firmada por la Audiencia Nacional para Gorka Ovejero Bengoa, teniente de alcalde de Arruazu (Navarra) en el momento de los hechos, y para Ibon García Garrido y Julio Martín Villanueva. Y también a un año de prisión para Mikel Álvarez Forcada.

El Supremo rechaza el recurso de los condenados tanto en cuanto a una posible vulneración de su presunción de inocencia como respecto a un posible incumplimiento del principio "non bis in idem", que impide ser juzgado dos veces por el mismo delito.

En este último punto los reos argumentaban que ya se abrió procedimiento contra ellos en Francia por los hechos, ocurridos en Tolouse en 2011, pero el Supremo responde que si se archivó aquella causa fue porque ya se seguía otra en España, precisamente la que finalmente ha terminado en esta condena.