Cada mañana desde el 14 de febrero, Jordi Cuixart cruza las puertas grises acristaladas de la cárcel de Lledoners y se traslada hasta el polígono industrial Mas d’En Cisa, en el Vallès Occidental, donde se encuentra la fábrica de envasado de su propiedad que le permitió convertirse en un empresario de prestigio en Catalunya. Los martes y los jueves deja el despacho a las dos de la tarde y realiza tareas de voluntariado en un centro de Badalona en el que ayuda a jóvenes en situación de exclusión.

Cuixart ha sido el primero de los condenados en el juicio del procés que ha alcanzado la situación de semilibertad, que está concebida como una preparación para su futura vida fuera de la cárcel. De esa forma, puede abandonar la celda durante 47 horas a la semana. Los siguientes en beneficiarse de esta medida han sido Carme Forcadell, Dolors Bassa y Joaquim Forn, que compatibilizan el trabajo con labores de voluntariado y el cuidado de familiares de edad avanzada. Y tras ellos llegará el turno de Jordi Sànchez, que ya tiene la autorización correspondiente, y de Raül Romeva y Oriol Junqueras, que están preparando la documentación. Jordi Turull y Josep Rull son los únicos que aún no han decidido si se sumarán al plan. Cuatro meses después de que el Supremo dictara la sentencia que les impuso penas de entre 9 y 13 años de cárcel por los delitos de sedición y malversación de caudales públicos, los responsables no fugados del procés pasan casi un tercio de su tiempo fuera de las prisiones de Lledoners, Mas d’Enric y Puig de les Basses, en las que cumplen condena.

Lo hacen gracias al artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, que entró en vigor en 1996 y se ha aplicado a casos muy heterogéneos: desde los etarras de la denominada 'vía Nanclares', que decidían dar el paso de renunciar a la lucha armada y pedir perdón a las víctimas; hasta el dirigente convergente Oriol Pujol, que se acogió a esta medida tras pasar en la cárcel 60 días de los dos años y medio a los que fue condenado por amañar las adjudicaciones de las ITV que concedía la Generalitat.

Ni indultos ni amnistía

En el recoveco legal del 100.2 se ampara la Consejería de Justicia del Govern, controlada por ERC, para atenuar las penas de prisión de los presos soberanistas. Así, se evita el camino del indulto, que únicamente puede conceder el Gobierno de Pedro Sánchez, sin renunciar al de la amnistía, que forma parte de las reclamaciones con las que la formación de Oriol Junqueras y la plataforma Junts per Catalunya de Carles Puigdemont se presentan a las próximas elecciones catalanas, en las que volverá a estar en juego la hegemonía en el independentismo.

"La amnistía es una ley que hay que tramitar en el Parlamento y que no es incompatible con la Constitución", sostiene el exmagistrado del Tribunal Supremo José Antonio Martín Pallín, que señala que se trata de una opción "perfectamente posible". Algo similar a lo que la democracia española hizo en 1977, cuando con el ánimo de pasar la página del franquismo libró de responsabilidades penales, no sólo a los presos políticos del régimen, sino también a terroristas con delitos de sangre y miembros de las Fuerzas de Seguridad acusados de torturas.

No llegará al Supremo

Pero entre el indulto y la amnistía, la distancia más corta entre los presos y la libertad es el 100.2, un precepto del Reglamento Penitenciario que solo se puede aplicar a los reclusos que se encuentren en segundo grado, el más habitual en las cárceles españolas. Parte del denominado "principio de flexibilidad" y consiste en abordar la reinserción individualizada de los presos sin llegar a concederles el tercer grado, que únicamente les obliga a dormir en prisión.

Lo propone la Junta de Tratamiento de cada cárcel, formada por terapeutas y trabajadores sociales, y lo valida el juez de Vigilancia Penitenciaria, primero, y la Audiencia Provincial en el caso de que sea recurrido por la Fiscalía. Es decir que, a diferencia del tercer grado, su propuesta nunca sería estudiada por el Tribunal Supremo, cuyos fiscales defendieron hasta el final la acusación por rebelión y se han erigido en el muro de contención frente a posibles concesiones a los presos independentistas.

Fuentes del Ministerio Público consultadas por laSexta consideran que lo que la Generalitat ha otorgado a los condenados por el Supremo es un "tercer grado encubierto" y señalan que esta situación de semilibertad es posible porque el tribunal que presidía Manuel Marchena rechazó imponer un “periodo de seguridad” para impedir que éstos pudieran disponer de ese estatus antes de cumplir la mitad de sus condenas. Siguiendo este criterio la Fiscalía de Catalunya ya se ha opuesto a los permisos de Cuixart, Sànchez y Forn, y hará lo mismo con el resto de penados. Esgrime que ninguno ha realizado programas de tratamiento específico y que sus voluntariados no tienen nada que ver con los delitos por los que fueron condenado.

Sin embargo, la vía del 100.2 está expresamente recogida en la legislación. "Se ajusta estrictamente a la legalidad penitenciaria y se podría ampliar, como se ha hecho con Urdangarin, a personas que han sido condenadas a penas superiores y que no han cumplido tanto tiempo en prisión preventiva", defiende Martín Pallín. Mientras los tribunales no digan lo contrario, Cuixart seguirá dirigiendo por unas horas su fábrica como si el procés solo hubiera sido, como defendió el Supremo en su sentencia, "una ensoñación".