La Fiscalía Provincial de Madrid ha acordado acordado el archivo de las diligencias de investigación abiertas por la denuncia presentada contra los residentes del Colegio Mayor Elías Ahuja que dirigieron cánticos a las residentes en el vecino Colegio Mayor Santa Mónica.

Aunque los denunciantes alegaban que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de odio, la Fiscalía ha dictaminado que no lo constituye al no resultar acreditado el elemento subjetivo del tipo penal.

Además, la Fiscalía afirma también que los hechos no pueden incardinarse en un delito del nuevo artículo 173.4 del Código Penal, introducido por la ley del 'solo sí es sí', ya que los hechos ocurrieron el 2 de octubre de 2022 y la ley entró en vigor el 7 de octubre de 2022.

Este artículo castiga a quienes se dirijan a otra persona con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen en la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad.

Lo que sí recoge el decreto de archivo es que los hechos son "irrespetuosos e insultantes para las mujeres", así como que las expresiones proferidas constituyen "un ataque a la dignidad individual o colectiva de aquellas".

Según la Fiscalía, la acción investigada no puede tipificarse tampoco como un delito contra la integridad moral porque para ello es necesario que alguna de las personas destinatarias de las expresiones proferidas se hubiera sentido ofendida y "no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia haya denunciado los hechos".