PSOE y Unidas Podemos están cerrando los flecos de un acuerdo para modificar los aspectos más polémicos de la ley mordaza, aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy en el año 2015.

Así lo anunció el Secretario de Estado de Agenda 2030, Enrique Santiago, que quiso agradecer "el apoyo a todos los partidos, en concreto al PNV". Precisamente, la formación vasca pidió la derogación de esta normativa cuando arrancó la legislatura, pero este momento se ha ido retrasando. No obstante, el Gobierno de coalición ya está trabajando "en las enmiendas a la proposición de ley del PNV" y, según Santiago, "a la mayor brevedad, se culminarán".

El Ejecutivo plantea realizar cambios relacionados con los permisos para las manifestaciones, la difusión de imágenes de policías o la retención en comisaría, entre otros. A continuación, te detallamos las modificaciones que se han puesto sobre la mesa:

Garantía del derecho de manifestación

Solo deberán comunicarse las manifestaciones de eventos previstos y previsibles, como el 1 de mayo o el 8 de marzo. Si bien, no será necesario informar sobre las que sean espontáneas a raíz de acontecimientos imprevistos, como la que hubo por la sentencia de La Manada o el asesinato de Samuel Luiz en A Coruña. La no comunicación de las manifestaciones previstas y previsibles será sancionada como falta leve.

Además, se garantiza la protección del derecho fundamental a la reunión pacífica mediante la reforma de los artículos referidos al Derecho de Reunión, sin que en ningún caso la ausencia de comunicación previa impida el ejercicio del derecho siempre que sea de forma pacífica.

Identificación de los manifestantes

La Policía deberá informar por escrito de los motivos para solicitar la filiación de un manifestante o realizar un registro en la vía pública. Estos estarán limitados a desnudos parciales y si deben realizarse de forma inmediata, tendrán que contar con la debida garantía de protección a la intimidad.

Las multas dependerán de la capacidad económica

También se han acordado cambios en cuanto a la cuantía económica de las multas. Las sanciones excesivas deberán reducirse y, en todo caso, aplicarse siempre criterios de proporcionalidad vinculados a la capacidad económica del administrado, así como a su edad, en el caso de los menores.

De esta manera, el criterio para la cuantía económica de las sanciones será un calculo de progresividad y proporcionalidad para reducir la sanción atendiendo a la capacidad económica de la persona sancionada.

Se reduce el tiempo de detención en comisaría

Por otro lado, se ha acordado que el tiempo de identificación en comisaría sea de un máximo de dos horas, salvo causa excepcional debidamente alegada y verificable y limitada estrictamente. La identificación en comisaría se tratará de una situación excepcional y una vez concluida, la persona identificada deberá ser devuelta al lugar desde donde fue la conducida a la diligencia de identificación si esta se hubiera realizado en otra localidad.

No se podrá sancionar la difusión de imágenes de policías

Otro de los aspectos que se recoge es que no se podrá sancionar la toma y difusión de imágenes cuando no afecten al derecho a la intimidad o la seguridad de los agentes o sus familias. Las grabaciones de las intervenciones policías con videovigilancia móvil deberán hacerse costar en cada atestado de actuaciones en la vía pública conforme a la ley de protección de datos y deberán ser custodiadas por si son requeridas por la autoridad judicial.