En febrero de 2022, en el Congreso de los Diputados se aprobó la reforma laboral gracias al error de un diputado del PP, que votó a favor en lugar de hacerlo en contra. El pasado mes de septiembre, durante la investidura de Pedro Sánchez, el diputado de Junts Eduard Pujol parecía también equivocarse en su votación. La diferencia entre estos dos casos está, principalmente, en el proceso de votación: en la primera, el político en cuestión votó de manera telemática, y desde el PP advirtieron de que se trató de un error informático; en el segundo caso, Pujol dijo la palabra 'sí' para después decir 'no'. En los dos casos había error, pero es para estos segundos casos para los que el Congreso ha aprobado un nuevo protocolo, con el fin de evitar posibles problemas de este tipo.

El nuevo sistema en los procesos de votación afecta únicamente a las votaciones por llamamiento, previstas en el artículo 86 del reglamento del Congreso de los Diputados, y fue aprobado por la unanimidad del hemiciclo el 3 de noviembre, por lo que la primera votación en la que estará en vigor es en la investidura de Pedro Sánchez.

¿Cómo se solventan estos errores de votación?

Según el reglamento del Congreso, en la votación pública por llamamiento, un secretario va nombrando uno por uno a los diputados, que tendrán que responder claramente su opción: "sí", "no" o "abstención".

En el caso de Pujol, aunque en un primer lugar pronunció que 'sí', cuando se dio cuenta reaccionó para decir que 'no'; la encargada de repetir el voto de cada diputado para realizar el recuento ratificó el 'sí' inicial de Pujol, insistiendo en que la jurisprudencia del Constitucional establece que el voto es irrevocable, pero como Pujol rectificó sobre la marcha, el PSOE no aceptaba esta postura. Así pues, la presidenta del Congreso, Francina Armengol, acabó declarando nulo el voto del independentista, provocando airadas protestas en el PP.

Ahora, en aras de garantizar la seguridad jurídica y de proteger el derecho fundamental de voto de los diputados, el texto aprobado establece que en caso de error en el sentido del voto expresado de viva voz, el diputado podrá corregirlo siempre y cuando lo haga "de manera inmediata" y "antes de que el secretario o secretaria realice el llamamiento al voto del siguiente diputado".

Además, prevé que al ocurrir esta circunstancia, el secretario encargado de repetir el llamamiento deberá interrumpir y solicita al diputado en cuestión que exprese nuevamente el sentido del mismo, "considerándose entonces el voto definitivo y válidamente emitido". De la misma manera se procederá en caso de que el secretario o secretaria responsable de validar los votos no oiga o no entienda el sentido del voto expresado y no pueda, por tanto, ratificarlo; e incluso también en caso de error del propio secretario en la repetición del sentido del voto.