Tribunales
El Supremo frustra el intento del juez Peinado de imputar a Bolaños en el caso de Begoña Gómez ante la "absoluta ausencia de cualquier delito"
¿Por qué es importante? La Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado archivar la exposición razonada que le remitió Peinado contra el ministro Félix Bolaños por delitos de falso testimonio y malversación.

Importante repaso a otra de las maniobras del juez Juan Carlos Peinado, instructor de la causa contra Begoña Gómez, y que intentó que el ministro de la Presidencia, Féliz Bolaños, terminase imputado en esta causa. La Sala Penal del Tribunal Supremo ha acordado este martes el archivo de la exposición razonada que le remitió Peinado contra el ministro Félix Bolaños por delitos de falso testimonio y malversación. Según expone el auto, emitido este martes, el Supremo no ve en dicha exposición una "imputación de delito suficientemente individualizada contra el aforado", ni un mínimo respaldo de indicios que permita abrir una causa penal contra el ministro.
La exposición imputaba delito de malversación a Bolaños en relación a la contratación de una asesora de Presidencia del Gobierno, vinculada a tareas relacionadas con la esposa del presidente, cuando el ministro ocupaba el cargo de secretario general de Presidencia del Gobierno, y además consideraba que había indicios de que habría cometido falso testimonio en su comparecencia como testigo en la causa que sigue contra la esposa del presidente.
Sin embargo, el Supremo destaca que en la exposición hay una "absoluta ausencia de cualquier indicio mínimamente fundado o dotados de mínima verosimilitud de la participación de la persona aforada" en los hechos, por lo que archiva la causa.
La Sala Penal del Supremo se muestra contundente en el auto al rechazar los dos delitos que pedía imputar Peinado. Sobre la malversación, la Sala indica que "no existen indicios probatorios, más allá de meras hipótesis, sin el suficiente sustrato fáctico".
Con respecto al falso testimonio, el Supremo rechaza imputarlo al considerar que no hay un "dato objetivo" "determinado" sobre el que haya ocmetido falsedad y que, en cualquier caso, se imputaba falso testimonio sobre la presunta malversación, y en ese caso Bolaños hubiese estado protegido por el derecho a no autoinculparse que asiste a cualquier investigado.