Las medidas acordadas en el Consejo Interterritorial de Salud entraron en vigor en Madrid capital y nueve municipios el viernes 2 de octubre a las 22 horas. Casi una semana después, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid tumba las restricciones de Sanidad que afectan a los municipios con más de 100.000 habitantes y que el índice de incidencia supere los 500 casos por cada 100.000 habitantes.
Esto es lo que aprobó entonces y ahora rechazan los tribunales, pero ojo, que se mantienen las medidas aprobadas por la Comunidad de Madrid en 42 áreas sanitarias.
· Restringida la entrada y salida de los municipios afectados, salvo que los desplazamientos sean justificados: asistencia a centros sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, asistencia a centros de estudio, retorno a la residencia habitual, desplazamiento a entidades financieras, cumplimiento de trámites ante órganos públicos u otras causas de fuerza mayor.
Sin embargo, se mantienen estas otras restricciones:
· Las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, se reducirán a seis personas, salvo que sean convivientes o que se trate de una actividad laboral o institucional.
· El aforo en los lugares de culto tendrá que ser de un tercio, siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. A los velatorios solo podrán acudir 15 personas si es un espacio al aire libre o diez, en un espacio cerrado, sean o no convivientes. Mientras la comitiva para el enterramiento o la cremación se restringirá a 15 personas.
· El aforo en los locales comerciales se reducirá al 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.
· El aforo en los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas se verá reducido a un 50% en espacios interiores y a un 65% en espacios exteriores. El consumo en barra no estará permitido, la ocupación máxima será de seis personas por mesa y la distancia entre las sillas de las agrupaciones de mesas tendrá que ser de 1,5 metros. No se podrán admitir clientes a partir de las 22:00 horas y se cerrará antes de las 23:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.
· Las academias, autoescuelas y centros de enseñanzas no regladas también tendrán que reducir su aforo al 50%.
· En las instalaciones deportivas, tanto al aire como interior, el aforo será del 50% si es un espacio cerrado y del 65% si es un espacio abierto. Además, la práctica en grupos se reducirá a un máximo de seis personas. Las competiciones que estén bajo la tutela de Federaciones deportivas españolas tendrán que aplicar el protocolo de estas.
· Además, las comunidades autónomas con municipios afectados tendrán que reforzar sus capacidades para la detección precoz y el control de la enfermedad, así como en el ámbito de la atención sanitaria, de acuerdo a lo establecido en el Plan de respuesta temprana.
- Se mantienen las restricciones en las áreas de salud dictadas por la Comunidad, aunque estén fuera de la nueva orden, y también sigue en vigor para toda la región la prohibición de reuniones de más de seis personas, tanto en espacios públicos como privados.