El Gobierno aprobará previsiblemente el próximo viernes 5 de octubre un decreto ley en materia energética que introduce cambios en el bono social eléctrico, a la vez que crea el bono social térmico (calefacción). Estas son las principales novedades sociales de la nueva regulación:

  • En el bono social eléctrico, creado en 2017, entran nuevos beneficiarios: Familias monoparentales y grandes dependientes y dependientes severos (grados III y II). Todos ellos tienen que cumplir con los niveles de renta exigidos en el decreto de 2017.
  • Las personas con discapacidad igual o superior al 33% siguen siendo beneficiarios, al igual que las familias numerosas. Para estas últimas, el bono social no está sujeto a su nivel de renta, de manera que entran todas, lo mismo ocurre con las pensiones mínimas.
  • Se modifican al alza las potencias eléctricas y los repartos de consumo entre meses.
  • Se crea el nuevo bono social térmico, es decir de calefacción, a cargo del Estado y no de las compañías eléctricas como el eléctrico.
  • El bono térmico se paga a los beneficiarios mediante un cheque directo del Estado.
  • La cantidad no será fija. Dependerá de la zona climática de España en que esté situada la vivienda, de forma que se prevén diferentes tipos de ayuda --zona climática 'fría', 'cálida' o 'templada'.
  • Todas las personas con derecho al bono social eléctrico tendrán de reconocido forma automática el bono social térmico. Los bonos son acumulables y la vía para llegar al térmico es ser reconocido como beneficiario del eléctrico.
  • La ayuda del bono social térmico se devengará a partir del 1 de enero de 2019, ya que se aplica en invierno.
  • El 8 de octubre es el plazo máximo para que los que ya son beneficiarios del bono social eléctrico de 2009 soliciten en su compañía eléctrica el pasar al regulado en 2017.
  • Se abre un plazo extraordinario de regularización, hasta el 31 de diciembre de este año, para que los beneficiarios del bono social eléctrico que no cuenten con una solicitud completa, con aportación de todos los documentos acreditativos para el cambio al nuevo modelo antes del 8 de octubre de este año, como última oportunidad improrrogable.
  • Los nuevos grupos sociales que se pueden beneficiar --familias monoparentales y personas dependientes-- no tienen un plazo de solicitud. Podrán darse de alta ante su compañía distribuidora en cualquier momento si cumplen con los requisitos sociales y de renta exigidos.
  • Contar con bono social térmico (calefacción) pasa por tener reconocido el eléctrico. La puerta de entrada es siempre solicitar el bono social eléctrico, en sus plazos y siguiendo los procedimientos establecidos.

Las mismas fuentes señalan que en el plazo de seis meses desde la promulgación del decreto se aprobará una Estrategia nacional contra la pobreza energética, tras su pertinente debate con los sectores sociales afectados, que establecerá, con carácter "integral y coherente" todas las medidas y actuaciones para reducir y aliviar la pobreza energética.

La renta familiar y el número de miembros de hogar: los requisitos para acceder al bono social eléctrico

Muchas familias desconocen que con sus ingresos y su situación tienen derecho a solicitar el bono social eléctrico. El Gobierno calcula que unos dos millones todavía no lo han hecho así que ha anunciado que alarga el plazo para solicitarlo.

Calcula aquí si tienes derecho al bono social eléctrico: hasta 5 millones de personas podrían acceder a él

La moratoria anunciada por la ministra Teresa Ribera en torno a la reclamación de bono social reactiva las dudas entre los consumidores. La Fundación Civio ya alertaba en octubre en 2017 de que hasta cinco millones de personas tendrían derecho a acceder a esta rebaja en la factura de la luz. Por ello, puso en marcha una aplicación en la que poder comprobar nuestra accesibilidad a este descuento.