El Tribunal Supremo ha rechazado suspender de inmediato el acuerdo de la Junta Electoral Central (JEC) que avaló el debate a cuatro en RTVE en el que se excluía a Vox, como pidió este partido tras el acuerdo de la JEC el pasado 11 de abril.

La decisión de la Sala de lo Contencioso Administrativo del alto tribunal llega un día después de que la JEC suspendiera el debate a cinco en Atresmedia por incluir a este partido después de un recurso presentado por Carles Puigdemont (Junts per Catalunya) y Coalición Canaria.

El PSOE eligió entonces a TVE para debatir con los candidatos de PP, Podemos y Ciudadanos. Por tanto, triunfa en Ferraz la tesis del sector que, desde el principio, prefería una debate más académico y tasado y no un debate más periodístico y con más interés para los ciudadanos.

La Sala, que no entra a estudiar el fondo del asunto, entiende que la interpretación de la Junta es perfectamente razonable y se basa en una instrucción de la JEC sobre la consideración como grupo político significativo en los planes de cobertura informativa de los medios públicos de comunicación. El Supremo da ahora un plazo a las partes para pronunciarse sobre la suspensión.