El Govern de Cataluña ha acordado endurecer las restricciones al agua en el área metropolitana de Barcelona y parte de Girona en una nueva fase de preemergencia por sequía que comporta la reducción del volumen máximo de consumo de agua por habitante y día a 210 litros, incluyendo actividades económicas y comerciales.

Así lo ha anunciado este martes el conseller de Acción Climática, David Mascort, en una comparecencia posterior a la reunión del Consell Executiu y a la Comisión Interdepartamental de la Sequía, en un momento crítico por una escasez de lluvias que dura ya 36 meses y que sitúa las reservas de agua de las cuencas internas al 19 %.

La nueva fase de preemergencia, que se decretará formalmente el próximo jueves por parte de la Agencia Catalana del Agua (ACA), es un estadio intermedio previo a la emergencia (reservas al 16 %), la más crítica de todas y a la que se podría llegar a finales de año si no cambia la situación. La preemergencia se decreta para el sistema Ter Llobregat, que abastece a cerca de seis millones de habitantes de 202 municipios del área metropolitana de Barcelona y parte de Girona.

Este estado incluye restricciones como la reducción de la dotación máxima de agua por habitante y día, contando domicilios y actividades económicas y comerciales, de los 230 litros actuales a los 210 litros, y la prohibición del riego del césped, entre otras medidas.

Estas son todas las medidas

El riego de césped quedará prohibido en todos los casos, excepto en superficies destinadas a la práctica federada del deporte, donde el riego se puede mantener con la mitad de la dotación establecida hasta ahora, hasta un máximo de 200 metros cúbicos por hectárea y por mes. Se permitirá el riego de supervivencia para el arbolado, con la mínima cantidad de agua indispensable, de 20 a 8 horas, y sólo mediante riego gota a gota o regadora.

Las piscinas privadas de uso individual o unifamiliar continuarán sin poder llenarse, ni las que carezcan de sistemas de recirculación de agua. Sólo se permitirá el rellenado parcial o primer llenado de piscinas de uso público en las cantidades indispensables para garantizar la calidad sanitaria del agua.

Queda prohibida la limpieza con agua potable de calles, alcantarillado, pavimentos, fachadas y similares. Los vehículos sólo se podrán lavar en establecimientos comerciales dedicados a esta actividad, que cuentan con sistemas de recirculación del agua. Queda prohibido el llenado total o parcial de fuentes ornamentales, lagos artificiales y otros elementos de uso estético del agua, excepto lagos artificiales que hagan de soporte vital de vida acuática.