La Audiencia Nacional ha rechazado la petición del extesorero del PP Luis Bárcenas de disponer de 600 euros al mes de sus cuentas embargadas para gastos personales y alimentos, porque afirma que tras su salida de prisión ha dispuesto de dinero para irse de vacaciones a Baqueira y pagar otros gastos.
Bárcenas pidió el pasado mayo al juez del caso Gürtel, José de la Mata, que desbloqueara sus cuentas, embargadas todas por orden judicial, para que pudiera tener ese dinero para gastos personales, un mes después de que su predecesor, Pablo Ruz, rechazara aumentar de 300 a 900 la asignación a su mujer, Rosalía Iglesias, también imputada.
El extesorero alegaba que su situación había cambiado tras su salida de prisión el pasado enero, ya que el núcleo familiar aumentó de dos a tres miembros -su mujer, su hijo y él-, pero el juez rechazó su petición, una negativa que ahora avala la sección cuarta de la Sala de lo Penal.
Para los jueces, sería "incongruente" conceder 600 euros solo a Bárcenas cuando su mujer y su hijo tienen para ambos la mitad, 300 euros, y por tanto lo que pide es "una cuantía que es exactamente el doble de la concedida con anterioridad para los otros dos miembros del núcleo familiar".
Pero además, los jueces añaden que "el tribunal no puede ignorar que la familia Bárcenas, tras la salida de prisión del recurrente, ha dispuesto de metálico suficiente no sólo para desplazarse unos días a la vivienda que posee en Baqueira, sino para hacer frente a otros gastos que no son exclusivamente los de alimentos durante el citado periodo".
Así, según los magistrados, esto ha demostrado que Bárcenas "tiene a su disposición metálico suficiente sin necesidad de detraerlo del saldo de las cuentas bancarias que se encuentran embargadas".
Bárcenas ya pidió que se le asignaran cantidades mensuales para gastos personales. En septiembre de 2013, poco después de ingresar en prisión, reclamó 5.000 euros de sus cuentas bancarias para poder pagar recibos y otros gastos, pero solo se desbloquearon parcialmente para determinados pagos.