El juez Santiago Pedraz ha cerrado el caso Couso, en cumplimiento de la doctrina establecida por el Tribunal Supremo en su sentencia por el caso Tíbet, que constata la falta de competencia de los tribunales españoles en este tipo de causas tras la reforma de la justicia universal.

En esa sentencia, el Tribunal Supremo ordenaba a la Audiencia Nacional cerrar el caso Tíbet, resolución que, según señala Pedraz en el auto de archivo del caso Couso -referido al cámara muerto en Irak en 2003-, "es extensible a procedimientos con similar fundamento".

De este modo, Pedraz deja sin efecto las órdenes de detención internacional contra los tres militares del Ejército de Estados Unidos a los que tenía procesados por los delitos contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado, en concurso con delito de Homicidio.

Tras la resolución del Supremo, según Pedraz, "el flexo no podrá mantenerse encendido" sobre los procesados, que podrán desplazarse a otros países e incluso a España, con la seguridad de que no van a ser buscados, puesto que en los archivos policiales o de otra índole no va a constar tal búsqueda.