Hasta el 21 de junio
Ordenan la "suspensión provisional" de Petro como presidente hasta después de las elecciones de Colombia
Sí, pero Tras conocerse la decisión de la presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, el ministro del Interior colombiano ha aclarado que solo puede hacerlo el Senado.

Resumen IA supervisado
La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, ha ordenado la "suspensión provisional" del presidente colombiano, Gustavo Petro, por su presunta participación en la campaña electoral. Esta medida, que sería inédita en Colombia, se mantendría hasta el 21 de junio, coincidiendo con la segunda vuelta de las elecciones presidenciales. Sin embargo, la decisión final depende del Senado, ya que solo este órgano tiene la potestad para suspender al presidente. El ministro del Interior, Armando Benedetti, ha aclarado que la Comisión no tiene competencia para suspender a Petro, ya que es una comisión de instrucción, no de sanción. La segunda vuelta electoral enfrentará a Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda.
* Resumen supervisado por periodistas.
La presidenta de la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes, Gloria Arizabaleta, ha ordenado este miércoles la "suspensión provisional" del presidente colombiano, Gustavo Petro, mientras lo investiga por su presunta participación en la campaña electoral, según ha recogido la agencia EFE.
La congresista, miembro del Pacto Histórico, el mismo partido de Petro, ordenó "suspender provisionalmente del ejercicio del cargo" al mandatario hasta el próximo 21 de junio a las 16:00 hora local (21:00 GMT), cuando se cierran las urnas de la segunda vuelta de las elecciones presidenciales.
De concretarse esta medida, inédita en el país, Petro, quien está de visita en Nueva York, donde intervendrá en el Consejo de Seguridad de la ONU, sería el primer presidente de Colombia en ser suspendido del cargo, aunque la decisión final dependerá del Senado, único que tiene la potestad para hacerlo.
Arizabaleta argumentó su decisión en que puede ordenar la suspensión provisional del mandatario "siempre y cuando se evidencien serios elementos de juicio que permitan establecer que la permanencia en el cargo, función o servicio público posibilita la interferencia del autor de la falla en el trámite de la investigación".
Petro ha sido denunciado varias veces por presunta participación en política durante la campaña para las elecciones en las que se escogerá a su sucesor en segunda vuelta el próximo 21 de junio, y el 26 de mayo la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara le abrió una investigación. Arizabaleta señaló que decidió suspender al mandatario porque la intervención en política está tipificada "como falta gravísima" y "por la jerarquía del disciplinable y la trascendencia de la presunta falta".
"Solo el Senado puede hacerlo"
La representante advirtió además que contra la decisión "no procede recurso". No obstante, el ministro del Interior de Colombia, Armando Benedetti, ha aclarado que la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes no tiene competencia para suspender del cargo al presidente Gustavo Petro.
"En derecho, no existe que la Comisión de Acusaciones pueda suspender al presidente porque es una comisión de instrucción. Solo el Senado es quien puede hacerlo después de que la plenaria de la Cámara actúe como un ente acusador, penal o disciplinariamente", ha manifestado Benedetti en su cuenta de X.
La segunda vuelta la disputarán el próximo 21 de junio el abogado ultraderechista Abelardo de la Espriella, del movimiento Defensores de la Patria, quien el 31 de mayo fue el más votado en la primera vuelta, con 10,3 millones de votos (43,78%), y el senador Iván Cepeda, del Pacto Histórico, que obtuvo 9,7 millones (40,98 %).