Sentencia del TJUE

El TJUE considera insuficiente que España convierta los interinos en indefinidos no fijos

Los detalles En cuanto al régimen de responsabilidad de las administraciones públicas, apunta que puede resultar insuficiente si no se basa en criterios claros y previsibles y no va acompañado de otras medidas.

Imagen de archivo de funcionarios en la sede de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Madrid. Imagen de archivo de funcionarios en la sede de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Madrid. Agencia EFE

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha advertido de que las medidas previstas en España para sancionar el uso abusivo de contratos temporales sucesivos en el sector público no parecen ajustarse al Derecho de la Unión, al no garantizar una respuesta eficaz frente a este tipo de prácticas.

En una sentencia, el TJUE responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sobre si la normativa española contiene mecanismos adecuados para prevenir y corregir estos abusos, en línea con la legislación comunitaria.

El alto tribunal europeo señala que la conversión de estos contratos en una relación laboral indefinida no fija no constituye una medida suficiente, ya que mantiene al trabajador en una situación de temporalidad y no garantiza la estabilidad en el empleo.

Tampoco considera adecuada la indemnización prevista en caso de extinción de la relación laboral, al entender que no siempre permite reparar de forma efectiva las consecuencias del abuso, especialmente en situaciones prolongadas en el tiempo.

En cuanto al régimen de responsabilidad de las administraciones públicas, el tribunal europeo apunta que puede resultar insuficiente si no se basa en criterios claros y previsibles y no va acompañado de otras medidas efectivas y disuasorias.

Asimismo, el TJUE cuestiona que la convocatoria de procesos selectivos que valoran la experiencia previa sirva para corregir estos abusos, ya que no garantiza que los trabajadores afectados obtengan una plaza ni evita que la situación se prolongue.

En todo caso, el tribunal europeo recuerda que corresponde al Tribunal Supremo evaluar si la normativa española cumple con los requisitos del Derecho de la Unión y resolver el litigio concreto.

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