Hoy 21 de junio comienza oficialmente el verano, pero cientos de trabajadores de Ryanair en España siguen sin tener derecho a los 22 días laborables de vacaciones anuales ni a los 14 festivos nacionales. Así lo denuncian USO y Sitcpla, que han convocado una serie de seis jornadas de huelga de sus tripulantes de cabina de pasajeros (TCP).
Los paros tendrán lugar el viernes 24 de junio, el sábado 25 y el domingo 26. Después, tras una pausa de tres días, continuarán el jueves 30, el viernes 1 y el sábado 2 de julio. "Los tripulantes de Ryanair continuamos siendo trabajadores de tercera, nuestros derechos siguen sin respetarse. Ryanair ha forzado esta huelga y tenemos que volver a la movilización para que la realidad de nuestra situación se conozca, para que se obligue a Ryanair a cumplir con la aplicación de los derechos laborales básicos y las sentencias judiciales y para conseguir cerrar un convenio y unas condiciones de trabajo dignas para toda la plantilla", denunció la secretaria general de la sección sindical de USO en Ryanair, Lidia Arasanz.
El primer convenio colectivo para los tripulantes de cabina de Ryanair en España se llevaba negociando desde hace ocho meses con USO y Sitcpla. Ryanair es la única compañía internacional en España sin convenio colectivo, según Arasanz.
Manuel Lodeiro, de Sitcpla, ha reprochado que la compañía se levantó de la mesa tras el anuncio de posibles movilizaciones frente a sus incumplimientos en materia laboral y después de que esta firmara un acuerdo con Comisiones Obreras, sindicato -ha denunciado- sin implantación entre el personal de vuelo y al que solo pueden acogerse sus afiliados.
Ryanair cuenta en España con una plantilla total de 4.000 personas, de las cuales entre 1.200 y 1.300 son tripulantes de cabina y el resto pilotos y trabajadores de tierra, repartidos en 10 bases: Madrid, Málaga, Barcelona, Alicante, Sevilla, Palma de Mallorca, Valencia, Girona, Santiago de Compostela e Ibiza.
¿Qué hago si mi vuelo se ve afectado?
Desde Facua-Consumidores en Acción aseguran que los pasajeros tienen derecho a compensaciones de al menos 250 euros y a la devolución del importe del billete y de los gastos a los que puedan enfrentarse si su vuelo es cancelado.
La asociación cita el Reglamento Europeo 261/2004, que prevé compensaciones de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros; de 400 euros para vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros; y de 600 euros para el resto de vuelos.
Además, y si bien el reglamento prevé que las compañías no tienen por qué compensar si la cancelación se debe a "circunstancias extraordinarias", Facua incide en que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea determinó en 2018 que una huelga de trabajadores no entra en esa categoría, por lo que la compañía no puede escudarse en ello para no pagar las compensaciones.
Asimismo, cita otra sentencia europea de 2017 que reconoce que el derecho a compensación se aplica también cuando el vuelo sufra un retraso superior a las tres horas con respecto a su llegada a destino, aunque no sea cancelado.
Casos en los que Ryanair puede eximirse
La normativa europea, no obstante, recoge que la aerolínea no tiene que abonar compensaciones si avisa a los pasajeros con al menos dos semanas de antelación o bien con una antelación de entre dos semanas y siete días si les ofrece un transporte alternativo que permita salir no más de dos horas antes de lo previsto y llegar con menos de cuatro horas de retraso al destino final.
Si la aerolínea informa de la cancelación con menos de siete días de antelación, no tiene que pagar compensación si ofrece a los pasajeros otro vuelo que les permita salir con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso.
Además, la compañía puede reducir las compensaciones en un 50% si ofrece un transporte alternativo con una diferencia en la hora de llegada no superior a dos horas en el caso de vuelos de 1.500 km o menos; no superior a tres horas, para los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 km y para otros vuelos de entre 1.500 y 3.500 km; y no superior a cuatro horas para los demás vuelos.
Reembolso del billete y otros gastos
En todo caso, el reglamento europeo dispone que se debe ofrecer a los pasajeros el reembolso del coste íntegro del billete en siete días o bien la conducción al destino final lo más rápidamente posible o en otra fecha que convenga al pasajero.
Además, si el vuelo se cancela en un momento próximo a la salida, la aerolínea debe ofrecer gratis a los pasajeros "comida y refrescos suficientes", en función del tiempo que tengan que esperar, alojamiento en un hotel si tienen que hacer noche o se ven obligados a una estancia adicional y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
Por otra parte, Facua señala que los usuarios también pueden reclamar cualquier otro tipo de daños como consecuencia de la cancelación, como hoteles, viajes organizados, vuelos de conexión e incluso daños morales por haber perdido sus vacaciones o parte de ellas.