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NORMAS DE CIRCULACIÓN

Hay una razón por la que los ciclistas no pueden usar los pasos de peatones… y no es la multa de 200 euros

La DGT ha vuelto a recordar cómo se hace esta maniobra correctamente y a qué castigo se enfrentan aquellos que ignoran la ley.

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¿Cómo debe cruzar un ciclista un paso de peatones? ¿Puede hacerlo en su bicicleta o tiene que ir a pie? Muchos usuarios tienen clara cuál es la respuesta correcta para esta pregunta que os planteamos, pero otros tantos no. Tanto es así que la Dirección General de Tráfico ha vuelto a recordar cómo se hace esta maniobra correctamente y a qué castigo se enfrentan aquellos que ignoran la ley.

El Reglamento General de Circulación es una de las normativas que regulan los movimientos de las bicicletas en entornos urbanos. Así las cosas, los ciclistas deben circular por el carril específico habilitado para ellos y cuando este espacio no existe deben hacerlo por la calzada: sea como sea tendrán que respetar las mismas normas que el resto de los vehículos, incluyendo la prioridad de paso.

De ciclista a peatón

En algunos escenarios esa preferencia corresponderá a los vehículos y en otros será del peatón. El Artículo 25 de la Ley de Tráfico establece que “el conductor de un vehículo tiene prioridad de paso respecto de los peatones, salvo en los casos siguientes: en los pasos para peatones, en las aceras y en las demás zonas peatonales”. Y es que estos cruces, debidamente señalizados, son zonas destinadas para aquellos que van a pie: esta es la clave.

Los ciclistas no podrán cruzar un paso de cebra sobre su bicicleta: deberán bajarse de ella y hacerlo andando para ser considerados peatones, tal y como se estipula en el Anexo II de la Ley sobre Tráfico. Hay, no obstante, una excepción en la que sí tendrían permitido atravesar este cruce sobre su vehículo de dos ruedas: cuando exista un paso para ciclistas debidamente señalizado.

Otros escenarios

No es el único momento en el que las bicicletas deberán respetar la prioridad de paso de las personas que van a pie. Existen otros tres escenarios en los que la preferencia no es del ciclista:

.Cuando giren para entrar a una vía y haya peatones cruzando aunque no haya un paso de cebra concreto para ellos.

.Cuando los peatones estén subiendo o bajando de un vehículo de transporte colectivo de viajeros en una parada señalizada.

.Cuando crucen un arcén por el que estén circulando peatones que no tienen una zona peatonal.

La sanción

Si una bicicleta, que, recordemos, está considerada como un vehículo, usa un paso de peatones para cruzar la calle estará cometiendo una infracción grave que está castigada con una sanción económica de hasta 200 euros. No obstante, cada ayuntamiento tiene potestad para cambiar o matizar las normas de circulación así que conviene consultar cuáles son las que están vigentes en cada ciudad.

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