El Sorteo Extraordinario de Lotería Nacional Contra el Cáncer organizado porLoterías y Apuestas del Estado reparte este sábado 9 de abril hasta 105 millones de euros en premios, un 70% de la emisión total del juego. Pero ¿cómo deben cobrar el premio los afortunados? Llegados a este punto surgen decenas de dudas que conviene resolver antes de que se acabe la fecha límite de cobro, es decir, tres meses después de la celebración del sorteo.

Aquellos jugadores que hayan sido agraciados con uno de estos premios deben saber que tienen varias vías disponibles para reclamar su dinero. Todo depende de la cantidad de dinero ganada y el método utilizado para obtener ese décimo que finalmente ha resultado premiado.

Si el décimo fue comprado en un punto de venta y el importe a recibir es inferior a 2.000 euros, se podrá cobrar en cualquiera de los puntos de venta de la red comercial y oficinas de Loterías desplegados por toda España, presentando el décimo agraciado.

Por el contrario, si el premio es igual o superior a 2.000 euros, solo podrás cobrarlo en los bancos autorizados por Loterías y Apuestas del Estado aportando todos los datos necesarios para cumplir con las obligaciones legales de identificación:

  • Abanca Corporación Bancaria
  • Banco de Sabadell
  • BBVA
  • Caixa Bank
  • Caja Sur Banco
  • Cajamar Caja Rural
  • Ibercaja Banco
  • Kutxabank
  • Unicaja Banco

En el caso de que hayas adquirido el décimo a través de lawebo la app de Lotería y Apuestas del Estado, recibirás el dinero directamente en la Lotobolsa de tu cuenta virtual, si la cantidad es inferior a 2.000 euros. Cuando el premio sea superior a 2.000 euros, podrás reclamarlo vía online una vez que hayan verificado todos tus datos personales.

Cuánto se queda Hacienda de los premios

La tributación de los premios de la lotería cambió en 2018 después de que se estableciera que Hacienda cobraría un porcentaje fijo. En concreto, cualquier premio que exceda de 40.000 euros, deberá ser notificado a este organismo tributando el 20%. Por ejemplo, si ganas el primer premio del Sorteo Extraordinario contra el Cáncer y te llevas 150.000 euros, los primeros 40.000 estarán libres de impuestos y de los 110.000 restantes, deberás pagar 22.000 euros.

En esta ocasión, esta norma solo se aplica al primer premio ya que el resto se encuentran por debajo del límite de los 40.000 euros y, por lo tanto, no tendrás que pagar nada a Hacienda.