Este sábado 22 de julio es la conocida jornada de reflexión que tiene lugar a vísperas de cualquier jornada electoral y tras una campaña en pleno verano y caracterizado por las altas temperaturas en gran parte de la península. Tras quince días de una intensa campaña, los candidatos tendrán que desconectar de los mítines y los actos de cara a la decisiva jornada del 23J pero, ¿de dónde viene esta normativa y qué está prohibido durante estas horas?
Qué está prohibido
Tal y como recoge la LOREG durante las 24 horas anteriores a las elecciones no está permitido difundirse propaganda electoral,ni realizar ningún acto que esté dirigido a captar el voto de los ciudadanos. No obstante, sí se permite el derecho de reunión o manifestación, pero sin llevar a cabo ninguna actividad que esté dirigida a pedir el voto, ya que solo es posible pedirlo durante la campaña electoral.
Además, los ciudadanos que no permanezcan a ningún partido tampoco tienen permitido hacer ningún acto de campaña durante este día. Sin embargo, los partidos y candidaturas también están permitidos a expresar opiniones o informaciones conforme al artículo 20 de la Constitución.
En el caso de no cumplir con la ley, se pueden imponer sanciones. Por tanto aquellos que realicen alguna actividad para solicitar el voto pueden suponer penas que oscilan entre los tres meses y un año de prisión y una multa de seis a 24 meses, según Legálitas.
¿Cuál es el origen de la jornada de reflexión y por qué?
La normativa de la conocida jornada de reflexión se estableció en un contexto muy concreto. Concretamente, se aprobó durante la Transición se optó por realizar una legislación garantista con reglas estrictas que sustentaran la recién estrenada democracia y para que el electorado no tuviera influencias externas a la hora de escoger su voto.
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No obstante, con la llegada de Internet y las redes sociales, la normativa se podría ver caducada debido a las nuevas formas de comunicación por el constante flujo de información que reciben los votantes. Además, que perdure en el tiempo el contenido publicado en las plataformas digitales y la constante presencia online de la sociedad también obstaculizan que la población pueda abstraerse totalmente de la información. No obstante, su cumplimiento sigue siendo obligatorio desde su entrada en vigor en 1985.
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