La campaña electoral que desembocó en las elecciones generales del 20 de diciembre de 2015 comenzó el 4 de diciembre. Pocos días después, en plena campaña, el periódico El Mundo sacaba en exclusiva que Un embajador y un diputado del PP cobran comisiones millonarias en el extranjero. Se refería a Gustavo de Arístegui y Pedro Gómez de la Serna.

La Junta Electoral proclamó las candidaturas para las elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado el 24 de noviembre, siendo Pedro Ramón Gómez de la Serna Villacieros el candidato número 2 en la lista que presentaba el Partido Popular.

Según la LOREG (Ley Orgánica del Régimen Electoral General) en la Sección 2ª, artículo 48.1 dice lo siguiente:

"Las candidaturas no pueden ser objeto de modificación una vez presentadas, salvo en el plazo habilitado para la subsanación de irregularidades previsto en el artículo anterior y sólo por fallecimiento o renuncia del titular o como consecuencia del propio trámite de subsanación".

Esto hace que le sea imposible a un partido político obligar a renunciar a uno de sus candidatos, por más que quieran. De hecho, cuando se supo la noticia, el PP de Segovia pidió a Gómez de la Serna que se retirara de la lista; y como nos han reconocido desde Génova, no fueron los únicos. Muchos integrantes del Partido Popular hicieron declaraciones públicas en el mismo sentido.

Tras hablar con un letrado del Congreso llegamos a la misma conclusión: “una lista electoral proclamada es una lista electoral proclamada”, y ningún partido “puede sacar a un candidato que la integre”.

A pesar de que el PP tomó medidas de inmediato y le abrió expediente disciplinario “con objeto de investigar la veracidad de las informaciones aparecidas”, Gómez de la Serna terminó recogiendo su credencial como diputado a través de un procurador. Cuando más adelante tuvo que adscribirse a un grupo parlamentario, el Comité de Derechos y Garantías del Partido Popular fue tajante: “no adscribirá como miembro de dicho grupo a Pedro Gómez de la Serna mientras permanezca abierto el expediente disciplinario que hoy mismo hemos ratificado”. Así que el diputado electo por Segovia terminó formando parte del Grupo Mixto, y como nos confirma el PP, “nunca estuvo adscrito al PP”.

Fuentes del Congreso dicen que esto es algo “normal” porque el proceso de adscripción a un grupo es “bidireccional” (dos no pueden si uno no quiere), y no tiene “nada que ver formar parte de una lista electoral de un partido determinado, con el grupo en el que un diputado se termine integrando”.

El mismo día que se constituían las Cortes de la Legislatura XI, y tras admitir la Audiencia Nacional una querella de la Fiscalía Anticorrupción contra Gómez de la Serna, este se daba de baja del PP.

Pedro Gómez de la Serna siguió siendo diputado hasta que se disolvieron las Cortes el 3 de mayo de 2016 y solicitó la indemnización que le correspondía por su cese.

Por lo tanto, a la luz de los hechos, vemos que hay dos cuestiones que son incontestables: la primera es que Gómez de la Serna fue diputado gracias a que iba en una papeleta del PP; pero la segunda es que una vez que se han proclamado las listas electorales, un partido no puede hacer nada para sacar de ellas a uno de sus integrantes. Pablo Iglesias utiliza esta afirmación para insinuar que el PP permitió que alguien acusado de corrupción entrara en el Hemiciclo, y eso no es cierto. Por lo tanto, podemos decir que su declaración es engañosa.