Javier Melero defendió a Joaquim Forn y Meritxell Borràs durante el juicio contra los líderes del procés, sin embargo se declara no independentista y se pregunta "por qué se pide afinidad ideológica con el cliente a los abogados" si esto no ocurre con "los informáticos o los podólogos".

En su entrevista en Al Rojo Vivo ha explicado cómo vivió este juicio y ha hablado de los posibles indultos. "Las amnistías generales, en principio, no son posibles, en todo caso los indultos. Mi cliente se plantea que se cumpla la más estricta legalidad, que ahora pasa por la ley orgánica general penitenciaria y el reglamento penitenciario, lo demás irá en función de los resultados de los recursos que vayamos planteando", ha señalado en este sentido.

Al ser preguntado si los líderes del procés eran conscientes de las penas a las que podían ser condenados cuando comenzó el proceso independentista, ha señalado que él intentó "exponer los posibles riesgos penales de continuar con el proceso y los delitos más graves", pero "este universo de las rebeliones y las sediciones provocaba risa".

"Mi cliente creía que o se convocaban elecciones o se aplicaba el 155, no veía otra altenativa"

Además, ha señalado que Joaquim Forn "consideraba que se iban a convocar unos comicios hasta el punto de que el día antes de la DUI se despidió del personal de su departamento porque creía que o se convocaban elecciones o se aplicaba el artículo 155 y no veía ninguna otra alternativa".

En cuanto a la sentencia que ha condenado a los líderes independentistas, el letrado ha asegurado que él "es la persona a la que más le puede haber dolido la decisión judicial". "Yo confié en que el Supremo haría una interpretación de los delitos en juego que favorecería mi tesis, no ha sido así. Conseguimos descartar la rebelión, pero en la sedición tengo que hacer todas las críticas técnicas al respecto".

"Cuando leía el Código Penal a aquellas personas que no podían pensar en rebelión y les hablaba de la seducción de tropas y de rendirse a las advertencias quedaban extrañados, pero ya lo dijo uno de los fiscales: hay que interpretar el tipo de una manera novedosa y eso en derecho penal, en principio, no se puede hacer", ha argumentado.