La ley que regula la eutanasia ha sido aprobada en la Cámara Baja por 198 votos a favor, a pesar de las negativas de los partidos de derecha y extrema derecha, que acusan al Gobierno de querer "matar a los más débiles".
El proyecto de ley regula y despenaliza la eutanasia en "determinados supuestos, definidos claramente, y sujetos a garantías suficientes que salvaguarden la absoluta libertad de la decisión, descartando presión externa de cualquier índole", según el su preámbulo.
"Se busca legislar para respetar la autonomía y voluntad de poner fin a la vida de quien está en una situación de padecimiento grave, crónico e imposibilitante o de enfermedad grave e incurable, padeciendo un sufrimiento insoportable que no puede ser aliviado en condiciones que considere aceptables, lo que denominamos un contexto eutanásico", apunta como declaración de intenciones.
Proceso y petición
El proyecto contempla que el paciente reitere hasta en cuatro momentos del proceso que desea morir. En cualquier momento del proceso, de más de un mes de duración, el enfermo puede cambiar de opinión y renunciar a él, y los médicos pueden rechazar su petición, habilitándose a este efecto un procedimiento para recurrir. Los sanitarios también se podrán negar a tomar parte.
La petición se deberá hacer por escrito y repetir a los 15 días. En la segunda solicitad, un médico deberá explicar al interesado su situación y las opciones alternativas de las que dispone, "incluida la de acceder a cuidados paliativos integrales, comprendidos en la cartera de servicios comunes y a las prestaciones que tuviera derecho de conformidad a la normativa de atención a la dependencia", tras lo cual tendrá 24 horas para confirmar si quiere seguir con el proceso.
Su médico deberá explicar el caso a un segundo facultativo ajeno al proceso, quien "tras estudiar la historia clínica y examinar al paciente, deberá corroborar el cumplimiento de las condiciones" en el plazo máximo de diez días naturales. Si acepta esta solicitud, el médico deberá comunicar este caso al presidente de la Comisión de Garantía y Evaluación, que decidirá si lo autoriza.
Si lo aprueba, se le comunicará al médico que lo pidió, que entonces volverá a hablar con su paciente para aplicarle la eutanasia o bien facilitarle los medicamentos para morir, en el caso del suicidio asistido. No obstante, cabría la posibilidad de acortar los plazos recogidos en este calendario si los médicos estiman que el paciente no va a sobrevivir el tiempo que dure el proceso de tramitación.
Requisitos
Para poder recibir la prestación de ayuda para morir será necesario que la persona tenga la nacionalidad española, residencia legal en España o certificado de empadronamiento que acredite un tiempo de permanencia en territorio español superior a doce meses, tener mayoría de edad y ser capaz y consciente en el momento de la solicitud.
La prestación de ayuda para morir estará incluida en la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y será de financiación pública. En este sentido, "los servicios públicos de salud, en el ámbito de sus respectivas competencias, aplicarán las medidas precisas para garantizar el derecho a la prestación de ayuda para morir en los supuestos y con los requisitos establecidos en esta ley".
El proyecto de ley de eutanasia, promovido por el PSOE tras dos intentos fracasados en el pasado, fue admitido a trámite por el Congreso el pasado mes de febrero. Una iniciativa legislativa que llegaba tras la conmoción, que reabrió el debate el año pasado, por el caso de Ángel Hernández, para quien la Fiscalía pide seis años de prisión por ayudar a morir a su mujer, María José Carrasco, en abril de 2019, tras 30 años sufriendo esclerosis.