El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha levantado la suspensión provisional del concurso de externalización de seis hospitales públicos iniciado por la Comunidad de Madrid, al no admitir el recurso presentado por el PSM para interrumpir el proceso. 

Con esta decisión, el concurso, que estaba suspendido provisionalmente desde el pasado 10 de julio, sigue adelante. El TSJM había interrumpido provisionalmente el proceso de externalización para estudiar un recurso contencioso-administrativo del PSM, que alegó que una corrección en los pliegos de licitación que rebajaba el importe de la garantía que debían pagar las empresas licitadoras había afectado a la libre competencia. 

La corrección que la Consejería de Sanidad publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid consistió en añadir el término "anual" al importe de la garantía que debían depositar las licitadoras, que pasaba así del 5% del importe global del contrato al 5% del importe anual del mismo, con lo cual la cifra a depositar por las empresas concursantes se reducía a una décima parte. 

Tras atender el TSJM este recurso del PSM y suspender el proceso, la Consejería de Sanidad alegó contra la suspensión que este partido no tenía legitimidad para solicitar la impugnación del proceso al no ser parte afectada por la resolución que fijaba las condiciones del concurso, una reclamación que ahora atiende el TSJM. 

El auto de la sala de lo contencioso-administrativo del TSJM, contra el que cabe recurso de reposición, declara la inadmisibilidad del recurso al entender que, "en efecto", los recurrentes "ni tienen la condición de licitadores que pudieran participar en la convocatoria, lo que sí les otorgaría la legitimación para impugnar la misma", ni pueden apelar a un "interés abstracto" como simples usuarios y en defensa de una legalidad que no les corresponde". 

"Resulta así que, en efecto, los pretendidos actores carecen de legitimación activa que dicen ostentar, por lo que procede declarar la inadmisión de su recurso contencioso-administrativo", prosigue el auto conocido hoy, que está fecha a día de hoy. 

Por último, el TSJM indica que la inadmisión del recurso deja sin efecto las medidas cautelares, sin perjuicio de cualquier otra medida cautelar que pueda adoptarse respecto de la misma resolución administrativa. En un comunicado, la Consejería de Sanidad ha indicado que la voluntad de la Comunidad de Madrid siempre fue que la garantía exigida a los licitadores fuera del 5% de la cuantía anual del contrato, y no el 5% del total. 

Esta fórmula, ha proseguido Sanidad, se empleó en los contratos de los tres hospitales públicos que ya tienen gestión externalizada -el Infanta Elena (Valdemoro), el de Torrejón y el Rey Juan Carlos de Móstoles- y no fue recurrida por el PSOE en el momento de su licitación. 

Además, Sanidad ha recordado que la Ley de Contratos de la Administración Pública "incluso permite la excepción de la garantía", pero en este caso se ha procedido de manera similar como en los demás contratos de hospitales de gestión externalizada. 

El PSOE denunciaba que precisamente la publicación de este error pudo haber imposibilitado en un primer momento que otras empresas se hubiesen presentado al concurso por lo elevado de la cuantía, diez veces mayor. Según la Consejería, la corrección "se produjo con tiempo suficiente antes de que acabara el plazo para presentar propuestas" y sin que ninguna empresa que haya interpuesto recurso ni queja al respecto. 

"Sólo una entidad lo recurrió: el PSOE de Madrid, desvelando su estrategia de entorpecer un proceso que ha reunido desde el principio las mayores garantías de legalidad, transparencia y publicidad", concluye el comunicado de Sanidad.