La yihadista Soukaina
Aboudrar se encuentra en la prisión de Picassent (Valencia) y puede ser
condenada a siete años, obligándole a descubrirse o usar un pañuelo "que
recoja el pelo solamente, dejando la cara, orejas y cuello al
descubierto".
En un auto con fecha de
17 de julio, la Sala que preside Concepción Espejel da la razón a la Fiscalía
en contra del criterio establecido el pasado 19 de diciembre por el Juzgado
Central de Vigilancia Penitenciaria.
Entiende que el uso del
pañuelo 'hiyab' "afecta a la identificación en todo momento de la persona
interna y quebranta las normas a efectos de identificación y seguridad por la
ocultación de posibles objetos prohibidos".
La Sala señala
igualmente que la interna de origen marroquí Soukaina Aboudrar usa esta prenda
con "carácter reivindicativo de su posición yihadista", por lo que
permitirlo iría en detrimento de la finalidad rehabilitadora y reinsertadora de
la pena.
"Es relevante
indicar el hecho de que la interna durante una parte dilatada de su estancia en
el centro penitenciario no utilizaba el 'hiyab", argumenta, considerando a
esta joven marroquí víctima de un "proceso de radicalización
islámica".
"Constan informadas
actividades de proselitismo islamista por parte de la interna", recuerda
la Sala, que en el cuarto punto de su escrito insiste en que "el uso de un
simple pañuelo de dimensiones no tan grandes como las del 'hiyab', que cubriera
únicamente el pelo de la interna, podría tener otra consideración a la que
tiene el caso".
Aunque no lo cita, los
jueces se refieren a la 'shayla', siendo el 'hiyab' un pañuelo de uso
intermedio desde el punto de visto de su carácter restrictivo, en comparación
con el 'niqab' o el 'burka', donde el rostro se cubre por completo.
Es precisamente aquí
donde se fundamenta parte del voto particular emitido por el magistrado Ramón
Sáez Valcárcel. "No es cierto", dice, que con el 'hiyab' se cubra
"la cara, rostro o faz que va de las cejas a la barbilla y que incluye
cejas, ojos, nariz, mejilla, boca, labios, dientes, piel y barbilla". "¿Para
qué se necesita ver el cuello y orejas?", se pregunta este juez, que alude
al régimen cerrado ("el más duro y restrictivo") en el que se
encuentra Aboudrar en Picassent.