Las medidas restrictivas impuestas por el Ministerio de Sanidad afectan a los municipios de más de 100.000 personas que cumplen las características sanitarias y epidemiológicas contempladas por el Ministerio de Sanidad. En concreto, afectan a diez municipios de la Comunidad de Madrid: la capital, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Móstoles, Parla y Torrejón de Ardoz. Según ha explicado el ministro, las restricciones son las siguientes:

· Se restringe la entrada y salida de los municipios afectados, salvo que los desplazamientos sean justificados: asistencia a centros sanitarios, cumplimiento de obligaciones laborales, asistencia a centros de estudio, retorno a la residencia habitual, desplazamiento a entidades financieras, cumplimiento de trámites ante órganos públicos u otras causas de fuerza mayor.

· Las reuniones, tanto en espacios públicos como privados, se reducen a seis personas, salvo que sean convivientes o que se trate de una actividad laboral o institucional.

· Se suspende la actividad de los parques infantiles de uso público.

· El aforo en los lugares de culto tiene que ser de un tercio, siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. A los velatorios solo pueden acudir 15 personas si es un espacio al aire libre o diez, en un espacio cerrado, sean o no convivientes. Mientras la comitiva para el enterramiento o la cremación se restringe a 15 personas.

· El aforo en los locales comerciales se reduce al 50% y la hora de cierre no podrá superar las 22:00 horas, salvo las excepciones que se prevean.

· El aforo en los establecimientos de hostelería y restauración y de juegos y apuestas se reduce a un 50% en espacios interiores y a un 65% en espacios exteriores. El consumo en barra no está permitido, la ocupación máxima es de seis personas por mesa y la distancia entre las sillas de las agrupaciones de mesas tiene que ser de 1,5 metros. No se pueden admitir clientes a partir de las 22:00 horas y se cierra antes de las 23:00, a excepción de servicios de entrega de comida a domicilio.

· Las academias, autoescuelas y centros de enseñanzas no regladas también reducen su aforo al 50%.

· En las instalaciones deportivas, tanto al aire como interior, el aforo es del 50% si es un espacio cerrado y del 65% si es un espacio abierto. Además, la práctica en grupos se reduce a un máximo de seis personas. Las competiciones que estén bajo la tutela de Federaciones deportivas españolas tienen que aplicar el protocolo de estas.

Además, según explicó el ministro de Sanidad en rueda de prensa, "hay una instrucción relativa a las capacidades que en estos casos se tienen que reforzar, que son las detección precoz de la enfermedad por parte de los centros de salud pública".

Illa también insistió en la recomendación de que las Comunidades Autónomas que tengan municipios de menos de 100.000 habitantes con dichas particularidades creen planes específicos para esas localidades.