La normativa vigente impide al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación costear la repatriación de cadáveres de españoles o su traslado a un tercer país, aunque permite conceder ayudas para pagar la inhumación o incineración de los restos de un español fallecido cuando ninguna otra persona pueda afrontarlos.
Así está contemplado en la Orden Ministerial de 2002 que regula las ayudas de protección y asistencia consulares en el extranjero, según la cual el departamento que dirige en funciones José Manuel García-Margallo no puede sufragar la repatriación del cadáver de la española Ana Huete, única víctima española en el terremoto de Italia.
En la plataforma cívica Change.org, familiares de Huete han iniciado una campaña para recoger firmas instando al Gobierno a que asuma el coste de repatriar el cadáver de la joven. Sin embargo, la citada orden deja claro que "en ningún caso se autorizarán ayudas para el traslado del cadáver a España o a un tercer país".
La normativa sí permite en circunstancias excepcionales sufragar la evacuación de españoles en el extranjero cuando su situación de seguridad así lo aconseje, ya sea porque se hayan visto afectados por un conflicto civil o militar, o una catástrofe natural. Pero en este caso la orden se refiere a evacuaciones de ciudadanos en vida precisamente para protegerles, no a repatriaciones de restos mortales.