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Nueva ordenanza

Así van a funcionar los VTC en Madrid según la nueva normativa

Una nueva ordenanza reguladora establece nuevas limitaciones para la actividad de los VTC, que ya no podrán, entre otras cosas, recoger clientes en carriles bus ni trabajar más de 5 días a la semana.

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Los vehículos de transporte con conductor (VTC) tendrán un máximo de tiempo permitido para circular por Madrid. Una nueva ordenanza reguladora, que debería aprobarse hoy por la junta de Gobierno del Ayuntamiento de la capital, establece que los VTC podrán circular un máximo de 16 horas diarias y sólo 5 días a la semana. Además, esta norma limita el kilometraje que estos coches pueden recorrer sin ocupantes en función de su distintivo medioambiental.

Los conductores de VTC tampoco podrán recoger o bajar a los clientes en carriles bus, y las propias aplicaciones de estos servicios impedirán esta posibilidad. La nueva ordenanza también limita los tiempos de actividad de los VTC, aplicando así la misma regulación que para los taxis en pro de intentar equipararlos.

Los VTC no podrán parar ni estacionar a menos de 100 metros de las estaciones de tren o bus, el aeropuerto y los intercambiadores de transportes, debiéndose realizar la bajada y subida de viajeros en los aparcamientos públicos. Hay una excepción al respecto: los vehículos VTC adaptados para sillas de ruedas no contarán con limitación horaria ni de calendario, y sí podrán recoger y bajar clientes en sillas de ruedas a menos de 100 metros de estaciones y aeropuertos. Todas las prohibiciones y limitaciones mencionadas se podrán suspender eventualmente por acontecimientos como el Orgullo gay o en fechas especiales como Navidad.

Por otro lado, los VTC tendrán limitado su kilometraje sin pasajeros en función de su distintivo medioambiental. Los que tengan la etiqueta C sólo podrán hacer un 25% de su kilometraje sin viajeros; los vehículos con etiqueta B el 35% y los ECO, un 50%. Los que dispongan de etiqueta 0 pueden alcanzar el 65%. Además, los vehículos con más de 10 de antigüedad no podrán dedicarse a VTC, salvo en tres excepciones:

1) Que sean vehículos históricos

2) Que tengan la etiqueta de cero emisiones y ya estén prestando servicio (o se adscriban antes de final de 2020), que podrán prestar servicio durante 14 años

3) Los vehículos adaptados para sillas de ruedas, que podrán estar en servicio 12 años.

La nueva ordenanza pretende, según fuentes del gobierno municipal, "paliar los efectos negativos que han supuesto los VTC en la fluidez del tráfico" con el consecuente aumento de la contaminación, además de permitir que el sector de los VTC pueda convivir con el del taxi. Esta ordenanza se publicará ahora en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, tras lo cual se abrirá un periodo de alegaciones de un mes, por lo que su aprobación definitiva quedará a cargo de la próxima corporación que salga de las elecciones del próximo 26 de mayo.

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