Quedan dos días para las elecciones generales y la coincidencia con plena época vacacional supone que muchos de los votantes están fuera de su domicilio habitual y la JEC incluso había aprobado una nueva normativa que permitía presentar como excusa para formar parte de la mesa electoral, la contratación de vacaciones ante la Junta Electoral de Zona. No obstante, la composición de mesas ahora preocupa a la Junta Electoral Central y ahora recuerdan a los votantes una normativa aprobada en 2021 y existen varios detalles sobre las mesas electorales importantes tanto para los suplentes, como para todo el electorado.

En este sentido, la JEC ha informado que en el caso de que no pueda cubrirse una mesa electoral con los miembros presentes y los suplentes que hubieran acudido, la Junta Electoral de Zona deberá designar libremente a las personas que habrán de constituir la mesa electoral.

Tal y como recoge el artículo 80.4 entre las opciones de que dispone la Junta Electoral de Zona para cubrir estas vacantes, es la de designar a electores suplentes en otras mesas electorales que se hayan podido constituir, en el mismo colegio electoral o en un colegio electoral próximo. Por tanto, aquellos que han sido escogidos como suplentes deberán quedarse en los colegios electorales por si les toca formar parte de una mesa electoral diferente a la que le había tocado inicialmente.

Por otro lado, expresan que la JEZ también podría "incluso ordenar que forme parte de ella alguno de los electores que se encuentre presente en el local". Así que los votantes más madrugadores también podrían ser escogidos para ser vocales o presidentes de alguna de las mesas electorales de su colegio correspondiente en el mismo día de las elecciones.