Por primera vez el Ayuntamiento de Madrid prevé activar las restricciones al tráfico registradas en el protocolo de actuación contra la contaninación. Este decreto obliga en su primer nivel a rebajar la velocidad de 90 a 70 kilómetros por hora en la M-30 y otros accesos.

Fuentes municipales han avanzado que activará esta medida de mantenerse, como es probable, la situación. En jornadas anteriores un anticiclón propició una alta concentración de dióxido de nitrógeno (NO2), un gas tóxico causado por los vehículos de gasóleo que irrita las vías respiratorias. 

El Gobierno de la ciudad establecerá las restricciones a través de un decreto que se aprobará de persistir los niveles de concentración de dióxido de nitrógeno.

La estación de Ramón y Cajal ya superó el nivel de los 200 microgramos por metro cúbico, que obliga a informar a la población de la deficiente calidad del aire, y se espera que otras estaciones lo hagan.

El Gobierno local activará por vez primera el protocolo en su primer escenario (el de menor gravedad) por registrarse en dos días consecutivos el nivel de preaviso. O también por alcanzar el nivel de aviso

La medida de restricción al tráfico se activaría a través de un decreto firmado por la delegada de Medio Ambiente, Inés Sabanés, que ordenaría reducir la velocidad máxima de circulación por la M-30 a 70 kilómetros por hora y en los tramos de las carreteras de acceso a Madrid comprendidas en el interior de la M-40 en ambos sentidos. 

Además, el Ayuntamiento informaría a la ciudadanía a través de la web municipal, paneles informativos de tráfico y DGT, EMT, gabinete de tráfico, Emergencias Madrid y redes sociales, entre otros. 

Si el episodio de contaminación se mantiene en el tiempo, el Ayuntamiento aplicará medidas graduales progresivas más restrictivas del tráfico de acuerdo al protocolo actualmente en vigor. 

A través de ese acuerdo aprobado en marzo se podría llegar a prohibir el estacionamiento en toda la zona SER a los no residentes e incluso restringir la circulación del 50% de los vehículos en la llamada almendra central de la ciudad.

No estarían sometidos a esta restricción el transporte público, el transporte escolar, vehículos comerciales, vehículos que no realicen emisiones, para personas con movilidad reducida, servicios esenciales, motos y ciclomotores, así como los taxis vacíos , excepto ecotaxis y eurotaxis.