¿Puede un escote "ofender" a alguien en pleno año 2021? Esa es la crítica que lanzó en redes sociales la joven Cristina Durán el pasado sábado 7 de agosto. Según su relato de los hechos, ese día intentó acceder a un autobús en Valencia y el conductor no le dejó "por ir escotada". "No es un bikini, es un top y no voy enseñando nada", denunció en la citada red social.

"Me he sentido discriminada", continuó la joven, que aseguró que en otros dos autobuses sí pudo acceder, por lo que se preguntó si se trataba de "normativa o discriminación". El tuit, que en poco tiempo se hizo viral, fue respoondido por la propia Empresa Municipal de Transportes (EMT) de Valencia, que aseguraron que investigarían lo sucedido para "tomar las medidas necesarias". Desde lasexta.com nos hemos puesto en contacto con la compañía, sin haber recibido respuesta a esta hora.

Ahora bien, ¿qué dice el reglamento de la EMT sobre todo esto? En su página 10 se establece que el conductor es la persona facultada para "prohibir el acceso al autobús y solicitar el descenso de él a las personas usuarias que incumplan el presente reglamento". Sin embargo, si nos desplazamos hasta el apartado dedicado a las personas usuarias, se deja claro que éstas tienen derecho a "ser tratadas con corrección por el personal de EMT".

Sobre las prohibiciones que establece la citada norma para las personas que viajen en los autobuses, no hay absolutamente nada que hable sobre cómo éstas vistan. Lo que sí deja claro es que está prohibido fumar, beber alcohol, tomar drogas o "cualesquiera actos contrarios a la buena convivencia".

La joven ha recibido multitud de críticas machistas en Twitter por su forma de vestir, pero también cantidad de mensajes de apoyo. A todos, ella ha respondido recordando que la normativa no dice nada sobre la vestimenta que deben llevar los usuarios