El Zoo de Barcelona justificó la muerte del animal por carencia de espacio y de medios en las instalaciones, una práctica, según los denunciantes, extendida en los zoos del mundo y conocida como "culling".

El "culling", o eliminación de animales de una población mediante el sacrificio humanitario en los parques zoológicos, está recogida como "forma de gestión apropiada" por las mismas entidades de carácter mundial y europeo a las cuales pertenece el Zoo de Barcelona: la WAZA (World Association of Zoos and Aquariums) y la EAZA (European Association of Zoos and Aquariums).

Pero, según estas asociaciones denunciantes, el sacrificio de animales en los parques zoológicos por motivos de gestión vulnera gravemente la Ley 31/2003, de 27 de octubre, que se dictó para "asegurar la protección de la fauna silvestre" y contribuir "a la conservación de la biodiversidad", dos propósitos que según la propia denuncia se estarían incumpliendo en este caso.

A raíz de estos hechos, LiBERA! y DEPANA piden que se determine la responsabilidad del parque zoológico de Barcelona, una responsabilidad que Anna Mulà, abogada responsable de la denuncia, considera "una falta de rigor científico y de buenas prácticas, pues estamos ante unos hechos injustificables legalmente", conductas que constituyen una infracción grave del artículo 13.4c de la mencionada ley, consistente en "dar muerte de manera intencionada a los animales del parque zoológico o la eliminación de sus restos intencionadamente sin causa justificada".