El Tribunal Supremo ha confirmado penas de hasta 51 años de prisión a los acusados por la trama Gürtel, en una sentencia en la que mantiene la condena al Partido Popular como responsable civil a título lucrativo.

Según la sentencia, conocida este miércoles, se mantienen, con ligeros ajustes, las condenas de prisión para 29 acusados que fijó la Audiencia Nacional, así como las responsabilidades civiles como partícipes a título lucrativo del PP, Ana Mato (exdirigente del PP y exesposa del exalcalde de Pozuelo Jesús Sepúlveda) y Gema Matamoros (esposa del exalcalde de Majadahonda Guillermo Ortega).

El alto tribunal, que en un principio apuntó que "considera excesivas las menciones a la caja B del PP de la sentencia recurrida porque no puede haber responsabilidad penal sin acusación o defensa", posteriormente ha emitido una aclaración asegurando que ha habido un error en su nota de prensa.

"Por un error, en uno de los titulares de nuestra nota de prensa se dice que la Sala valora de 'excesivas' las manifestaciones realizadas en la sentencia de la Audiencia Nacional en relación con la Caja B del PP.".

En realidad, dicen, "el fragmento extraído hace mención a la valoración que hace el voto particular sobre esas manifestaciones. En ningún caso la Sala incluye la palabra 'excesivas' al valorar los párrafos sobre la Caja B."

La Sala en su sentencia precisa: "Efectivamente no es dable afirmar que el PP delinquiera, cuando no ha sido enjuiciado por responsabilidad penal en este proceso, pero en modo alguno resulta reprochable que (...) se mencione el resultado de los diferentes medios de prueba practicados relacionados con el Partido Popular cuando precisamente es el nexo común que sirve de amalgama al conjunto de episodios y actuaciones recogidos en la declaración de hechos probados".

Señala la sentencia que la condena al partido como partícipe a título lucrativo "no solo es compatible con la buena fe y por supuesto con la inocencia, sino que presupone esta última".

En este sentido, el fallo apunta que "no puede afirmarse la autoría del Partido Popular como autor de delitos de corrupción y prevaricación irregular" porque la posibilidad de que fuera destinatario de sobornos "no fue objeto de acusación", sino que el partido fue "traído al proceso como partícipe a título lucrativo".

Esto, agrega, "presupone que el beneficiario no solo no participó en el delito sino que desconoció su comisión". Al respecto, establece la siguiente comparación: "Si a alguien le ingresan en su cuenta corriente, aun sin saberlo, una cantidad de dinero que proviene de un ilícito penal, ha de devolverlo. Así de sencillo. Aunque no se hubiera enterado de nada". "Sencillamente se ha demostrado que han recibido un dinero que provenía de un hecho ilícito que, por tanto, deberá ser devuelto", agrega la sentencia.

"Un auténtico sistema de corrupción"

No obstante, el Supremo destaca que el 'Grupo Correa' creó todo un sistema de corrupción que manipuló la contratación pública a través de la relación con influyentes miembros del PP. Señala la sentencia que se creó "un auténtico y eficaz sistema de corrupción, a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública, autonómica y local".

Esto permitió que las empresas de Correa, "con el acuerdo y colaboración" de esos cargos públicos, "gozaran de un arbitrario trato de favor y tuvieran un dominio de hecho sobre la contratación pública". En esta dinámica, apunta la Sala, "mediaron sobornos a funcionarios y autoridades, se emitieron facturas falsas y se montó un entramado entre diferentes sociedades para acceder a la contratación pública, así como para ocultar la procedencia ilícita de los fondos".

11 de los acusados son condenados a más de 12 años de prisión, incluyendo Francisco Correa, Pablo Crespo, Luis Bárcenas, Guillermo Ortega, Alberto López Viejo, Jesús Sepúlveda o Rosalía Iglesias. La mujer de Bárcenas ha sido condenada a 12 años y tendrá que ingresar en prisión. También tendrá que entrar en la cárcel José Luis Peñas, el hombre que denunció la trama y realizó las grabaciones a Francisco Correa, condenado a cuatro años y 9 meses de cárcel.

La sentencia del Supremo también rebaja o incrementa algunas de las condenas que dictaminó la Audiencia Nacional: es el caso de Luis Bárcenas, al que se le rebajan cuatro años, de 33 años y cuatro meses a 29 años y un mes. En el caso de Correa, con la condena más alta, se le reduce un mes, hasta los 51 años y 10 meses.

Responsabilidad civil del PP

Se trata de una sentencia que ratifica la que provocó la moción de censura a Mariano Rajoy en el año 2018. En concreto, condena al partido como partícipe a título lucrativo por los actos electorales que sufragaron empresas del grupo Correa en las localidades madrileñas de Majadahonda y Pozuelo de Alarcón, cuando Ortega y Sepúlveda eran candidatos a esas alcaldías.

Por ello, el partido deberá abonar 133.628,48 euros por los actos llevados a cabo en Majadahonda y 111.864,32 por los de Pozuelo, al constatarse que se produjo un "enriquecimiento ilícito". Lo abonarán de modo directo y solidario con Ortega, Peñas, Moreno, Quijano, Correa, Crespo y Sepúlveda.

En cuanto a Ana Mato, se ratifica su responsabilidad como partícipe a título lucrativo en la cuantía de 27.857,53 euros por los viajes y otros servicios que el Grupo Correa ofreció a su familia, mientras que Gema Matamoros deberá devolver 45.066,66 euros como partícipe a título lucrativo de los viajes y regalos con los que la trama Correa obsequió al matrimonio.

Puedes consultar la sentencia completa aquí: