Rosalía Iglesias, la mujer de LuisBárcenas, previsiblemente tendrá que ingresar en prisión. El Supremo ha confirmado la condena de cárcel, aunque la rebaja de 15 años, que fue la que le impuso la Audiencia Nacional, a 12 años y 11 meses. Para Luis Bárcenas, el Supremo rebaja de 33 a 29 años la pena de cárcel.

El Supremo, tras analizar el recurso, concluye que hay indicios plurales y acreditados de que conocía la procedencia delictiva del dinero, el incremento del patrimonio de su marido no justificado con sus ingresos ordinarios y destaca la conducta activa de la condenada, "no sólo en la elaboración de tal documentación falsa relativa a operaciones inexistentes, sino también en su efectiva gestión de las cuentas bancarias abiertas a su nombre, en los ingresos mismos por ella verificados de esas cantidades de dinero que posteriormente se reflejaban en las declaraciones tributarias (...)" .

Por ello, el tribunal llega a la conclusión de que la recurrente conocíael origen delictivo empleado en estas operaciones "resulta lógica y razonable, siendo igualmente correctos, con arreglo a la jurisprudencia de esta Sala, cuantos argumentos se exponen por el Tribunal de instancia en orden a concluir que las alegaciones defensivas de la acusada lo que revelan, a lo sumo, es la existencia de un claro caso de ignorancia deliberada, incapaz de justificar la irrelevancia penal de su conducta que se postula".

Rosalía Iglesias conocía la procedencia delictiva del dinero de su marido

Tribunal Supremo

La defraudación atribuida a Rosalía Iglesias -según la sentencia- se articuló a través de una serie de artificios (apertura de cuentas bancarias, asunción como propios de ciertos ingresos en sus cuentas bancarias por ella misma verificados o la consignación mendaz en su declaración individual de IRPF de unas inexistentes operaciones de compraventa de arte) en los que fue fundamental su intervención y de suyo incompatibles con la ignorancia o el desconocimiento invocados por la acusada.

"Es patente, por otro lado, de acuerdo con lo expuesto con anterioridad, que la sentencia refleja con claridad, y tras una valoración lógica y racional de los indicios obrantes al respecto, que la recurrente actuó dolosamente pues tuvo pleno conocimiento de los distintos artificios utilizados para ocultar los fondos en cuestión a la Hacienda Pública, en los que, además, su intervención fue fundamental".

La sentencia concluye que la esposa de LuisBárcenas"tenía pleno control y capacidad de gestión sobre las cuentas bancarias de su titularidad, suizas o españolas, a través de las que el matrimonio ocultó su patrimonio y lo hizo circular; y por otro, que incluso observó una conducta claramente activa en orden a cooperar en esta dinámica de defraudación, ocultación y posterior afloramiento del dinero ilícitamente obtenido por su esposo. Su participación, como hemos visto, no se limitó a plasmar su firma en cierta documentación".

El entramado de Luis Bárcenas

El Supremo rebaja la pena de cárcel para Luis Bárcenas, de los 33 años y 4 meses a los 29 años y 1 mes. La Sala considera probada la participación del extesorero nacional del PP Luis Bárcenas en los hechos por los que ha sido condenado, y da por probado que se apropió indebidamente de 149.600 euros de la caja B del PPque gestionaba con Álvaro Lapuerta.

"En cuanto a la condena de Luis Bárcenas, a título de autor, y de Rosalía Iglesias, como cooperadora necesaria, por un delito de apropiación indebida (sustracción de 149.600 euros ‘Caja B’ del Partido Popular, mediante compra acciones de Libertad Digital), la Sala subraya que la Audiencia Nacional contó con prueba de cargo válida y suficiente para concluir tanto la existencia de una ‘Caja B’, o contabilidad ‘extracontable’, del PP –sobre la que el recurrente ostentaba plena capacidad de control y disponibilidad-, como los distintos actos de apoderamiento verificados por éste, incluido el uso de 149.600 euros, procedentes de dicho fondo, para adquirir unas acciones de la entidad Liberad Digital".

Por otro lado, el Supremo, a la luz de las pruebas, sostiene que "desde al menos el año 2000, Luis Bárcenas, al margen de la actividad delictiva que en común llevó a cabo con otros acusados, desarrolló por su cuenta, y cuando lo precisaba en colaboración con su mujer, otra actividad dirigida a enriquecerse de modo ilícito intermediando en otras adjudicaciones de obras o apropiándose de fondos del PP".

Logró acumular un importante patrimonio, que ocultó a través de un entramado financiero en entidades bancarias suizas

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"Fruto de sus ilícitas actividades -dice la sentencia- (...) logró acumular un importante patrimonio, que ocultó a través de un entramado financiero en entidades bancarias suizas, a través del cual invirtió en distintos valores y productos financieros, e, igualmente, afloró fondos cuyo origen no se correspondía con su declarada actividad ni con su ahorro, dotándolos de una apariencia lícita, bien mediante la simulación de distintas operaciones comerciales bien al reflejarlos en las correspondientes declaraciones tributarias como ganancias patrimoniales derivadas de operaciones de compraventa de obras de arte".

Respecto de la ocultación de rentas a la Hacienda Pública, la Sala afirma que el tribunal de instancia analiza detalladamente las distintas cuentas que el extesorero del PP tenía en Suiza. Para la sentencia recurrida "esas cuentas suizas eran básicamente, cuentas de custodia y gestión de valores que fueron nutriéndose con ingresos en efectivo y transferencias de fondos de Luis Bárcenas, de procedencia ilícita y sin ninguna relación con su actividad lícita y en las que igualmente se fueron depositando los dividendos y rendimientos derivados de las inversiones realizadas sucesiva e ininterrumpidamente con los fondos depositados en ellas".

El PP y Ana Mato y el resto de condenados

Por otro lado, el Supremo confirma lo establecido por la Audiencia Nacional en cuanto a las responsabilidades civiles y a la responsabilidad como partícipes a título lucrativo del Partido Popular y deAna Mato(exdirigente del PP y exesposa del condenado exalcalde de Pozuelo de Alarcón Jesús Sepúlveda) y Gema Matamoros (esposa del exalcalde de Majadahonda Guillermo Ortega).

Para José Luis Peñas, el hombre que grabó a Correa y dio lugar a la operación Gurtel, el Supremo le impone los 4 años y 9 meses de cárcel. Para los cabecillas, Francisco Correa se lleva la pena más alta, los 51 años de prisión; Guillermo Ortega, 40 años, dos mas que los que le impuso la Audiencia; Pablo Crespo, de 36 a 38 años, Alberto López Viejo, de 31 a 27 años y Luis Sepúlveda queda con 14 años de prisión.