El Supremo ha desestimado la petición de Oriol Junqueras de suspensión cautelarísima del acuerdo de la Junta Electoral Central del pasado 3 de enero, que declaró la pérdida de la condición de diputado del Parlamento Europeo como consecuencia de su condena a 13 años de pena de cárcel por el procés.

La Sala ha concluido por unanimidad que la existencia de esa resolución condenatoria determina que no se pueda dar lugar a la petición del recurrente. Según su decisión, "es preponderante en este momento la circunstancia objetiva de que se ha dictado la sentencia firme de 14 de octubre por la Sala II del Tribunal Supremo". Añade que esto no vulnera los derechos fundamentales invocados por Junqueras ni el derecho de la Unión a la luz de la propia sentencia del TJUE de diciembre.

El Supremo asegura que al estar condenado en firme, "no se puede dar lugar a la petición de recurrente" de suspender la decisión de la JEC.

Ante esta decisión, el siguiente paso es previsiblemente que el Supremo no le permita salir de prisión para acudir el próximo lunes a Estrasburgo a la sesión plenaria del Parlamento Europeo y tomar posesión de su acta de eurodiputado.

Los argumentos de la JEC

La Junta Electoral Central, el 3 de enero, rechazó otorgar la credencial de eurodiputado a Junqueras por estar condenado por sentencia firme, una decisión que adoptó por siete votos a favor y cinco en contra. La JEC declaraba que en el caso de Junqueras procede la causa de inelegilibidad sobrevenida contemplada en la LOREG al haber sido condenado en sentencia firme por el Tribunal Supremo a 13 años de prisión.

De este modo, el organismo declaraba la pérdida de la condición de diputado del Parlamento Europeo, "con anulación de su mandato", con efectos "desde la fecha de este acuerdo".

Junqueras recurrió la decisión y presentó las medidas cautelarísimas para tumbar el acuerdo de la JEC, un acuerdo que, según su defensa, es de un organismo administrativo que no puede estar por encima de las resoluciones judiciales. El recurso ponía de manifiesto que la JEC toma de forma "voluntaria, consciente, veloz y eficaz" siempre las "decisiones que más perjudican al derecho fundamental al sufragio pasivo".

El Govern ha ofrecido un permiso penitenciario

El Govern ha previsto, no obstante, mecanismo para que Junqueras pueda acudir al Parlamento Europeo. Según explicó este miércoles Meritxel Budò, la portavoz, el Ejecutivo catalán insiste en que la vía para que el líder de ERC esté en Estrasburgo debería ser que el Tribunal Supremo "acate" la sentencia del Tribunal de Justicia de la UE y lo ponga en libertad. En caso contrario, "si hay otro mecanismo que permita o facilite que pueda ir a Estrasburgo, este gobierno trabajará en ello".

Preguntada por los periodistas sobre este mecanismo, la dirigente ha evitado ser más concreta, ni siquiera cuando le han preguntado sobre si liberarían al dirigente de ERC sin el permiso judicial preceptivo. La opción sería que la Generalitat le concediera un permiso penitenciario que deberían pedir sus abogados, pero estos lo descartan; también ERC.