La nuevaLey de Vivienda que aprobará hoy el Consejo de Ministros utilizará la declaración de zonas tensionadas para poder aplicar en esos territorios medidas que corrijan los desequilibrios en el mercado de vivienda. Entre ellas se prohibirá subir precios del alquiler, se darán bonificaciones a los propietarios que bajen la renta o se recargará el IBI en casas vacías.

Pero, ¿qué condiciones debe reunir un territorio para ser declarado como zona tensionada? Según el anteproyecto de la ley, al que ha tenido acceso laSexta, una zona tensionada -provincia, municipio o barrio- podrá ser declarada cuando el coste del alquiler o la hipoteca más los gastos de suministros superen el 30% de los ingresos medios de las familias de esas zonas.

Además, también se tendrá en cuenta que el precio del alquiler haya experimentado un aumento un 5% superior al del IPC durante los últimos cinco años. Según señala el borrador, se trata de zonas en las que en definitiva se ha producido un aumento continuado del precio de los alquileres provocando una carga en las familias y una oferta insuficiente de vivienda para la población.

La declaración de un territorio como zona tensionada tendrá una vigencia de tres años y se podrán hacer prórrogas de un año si persisten las circunstancias que motivaron la declaración. Ello, además, conllevará la redacción por parte de la Administración competente de un plan específico con medidas para la corrección de los desequilibrios.

Las medidas que se aplicarán

En estas zonas se aplicarán una serie de medidas como la que permitirá a los arrendatarios acogerse a una prórroga extraordinaria del alquiler -renovable anualmente y por un plazo máximo de tres años- con las mismas condiciones.

Además, los propietarios deberán mantener la misma renta a nuevos inquilinos. Se permitirán subidas de un máximo del 10% solo cuando el propietario haya rehabilitado el piso antes del vencimiento, si realizó obras que suponen un ahorro energético del 30%, haya mejorado la accesibilidad o se firme un contrato de 10 años o más de duración.

La ley también establece bonificaciones para los pequeños propietarios que decidan bajar los precios de sus viviendas en alquiler. Este incentivo se aplicará al IRPF y será de hasta un 90% cuando el propietario baje la renta del inquilino un 5% respecto al último año de contrato de arrendamiento.

El anteproyecto también impone la prohibición de vender vivienda pública a manos privadas: no se podrá cambiar su calificación durante un periodo mínimo de 30 años. Así se garantiza que la vivienda protegida no pueda descalificarse, excepto en el supuesto de viviendas promovidas sobre suelos cuya calificación urbanística no imponga dicho destino y no cuenten con ayudas públicas para su promoción.

La nueva Ley de Vivienda también fijará una especie de protección frente a posibles desahucios y es que -a través de la modificación de la Ley de Enjuiciamiento Civil-, los juzgados tendrán que recibir informes de los servicios sociales sobre la situación de vulnerabilidad de las personas en procesos de desahucio.

En caso de que la persona afectada esté en una situación de este tipo se tendrá que suspender el lanzamiento hasta que las instituciones públicas le proporcionen una solución habitacional por un periodo de dos meses.

La ley permitirá a los ayuntamientos de las zonas declaradas tensionadas a realizar un recargo en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles en viviendas que estén vacías. Así se podrán aplicar diferentes porcentajes dependiendo de la situación de cada inmueble.