Tras un largo proceso
La jueza da siete meses al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) para devolver las pinturas murales al Monasterio de Sijena
Los detalles La jueza Rocío Pilar Vargas, magistrada del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca, ha dictado la orden de ejecución definitiva tras el fallo del Supremo.

Resumen IA supervisado
La jueza Rocío Pilar Vargas ha ordenado al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) devolver las pinturas murales del Monasterio de Sijena en un plazo de siete meses. La sentencia, que no admite recurso, permite al Gobierno de Aragón acceder a las salas del MNAC para garantizar la conservación de las obras. Esta decisión sigue al fallo del Tribunal Supremo que ratificó la propiedad aragonesa de las pinturas, rechazando los argumentos de Cataluña sobre la usucapión. El Supremo también invalidó el acuerdo entre la Generalitat y la priora del Monasterio de Valdoreix, al no tener capacidad jurídica para disponer del patrimonio de Sijena.
* Resumen supervisado por periodistas.
La jueza Rocío Pilar Vargas, magistrada del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Huesca, ha dictado la orden de ejecución definitiva de la sentencia que obliga al Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) a devolver las pinturas murales del Monasterio de Sijena para lo que establece un plazo de siete meses. En concreto, la jueza establece en la sentencia que en este tiempo se cumpla esta orden o que, en su defecto, el MNAC aporte, en el plazo de diez días, un cronograma alternativo para la devolución, en cuyo caso se resolverá sobre ello.
Un fallo mediante el que se ordena restituir las obras en la Sala Capitular del Monasterio de Villanueva de Sijena (Huesca) y ante el que no cabe recurso alguno. Asimismo, la resolución se acompaña de un decreto de medidas ejecutivas que acoge las medidas solicitadas por el Gobierno de Aragón en cuanto permitir el acceso a los técnicos designados por el Ejecutivo aragonés a las salas número 16 y 17 del MNAC durante el tiempo que se requiera, con ambas salas cerradas al público.
Este acceso, tanto a las propias pinturas y su sistema de montaje expositivo actual incluirá también el acceso relativo a la documentación vinculada con ellas y conservadas en los archivos del MNAC en aras de garantizar la recepción con todas las garantías de conservación y seguridad. De esta manera, el MNAC permitirá el acceso a todos los datos sobre las condiciones medioambientales (temperatura y humedad relativa) de estas salas y de aquellas salas en las que los fragmentos han estado expuestos con anterioridad desde su ingreso en el MNAC.
Tras pasar por el Supremo
El dictado de la jueza oscense llega después de que el Tribunal Supremo ratificara el fallo previo de la Audiencia de Huesca y reconociera la propiedad aragonesa de estas valiosas piezas, consideradas una de las joyas del románico español. Unas obras que fueron arrancadas en condiciones precarias al inicio de la Guerra Civil por el funcionario de la Generalitat catalana José Gudiol.
Así los magistrados del Supremo rechazaban uno a uno los argumentos que cuestionaban la legitimidad del Gobierno de Aragón y del Ayuntamiento de Sijena para personarse en nombre de la comunidad religiosa de las Hermanas Sanjuanistas —propietarias del monasterio— y reclamar la propiedad de las pinturas. El tribunal insistía en que Aragón tiene competencias para defender su patrimonio histórico-artístico y subraya que el objetivo es que el monasterio "recupere sus pinturas murales".
Además, el Supremo rechazaba que Cataluña pudiera reclamar la propiedad de las pinturas por usucapión —el derecho a adquirir una propiedad por uso continuado en el tiempo—, ya que, según los magistrados, el MNAC "nunca llegó a poseer las pinturas murales como dueños".
La sentencia también invalidaba el acuerdo suscrito entre la Generalitat y la priora del Monasterio de Valdoreix (Barcelona) —al que se trasladaron en los años noventa las últimas Hermanas Sanjuanistas de Sijena— al no constar que dicha priora tuviera capacidad jurídica para representar a la comunidad de Sijena y disponer de su patrimonio.