Hasta diez años de cárcel por blanqueo y soborno para Corinna Larsen. Es lo que contempla la fiscalía suiza para la examiga íntima del rey emérito Juan Carlos I, según la comisión rogatoria enviada por el ministerio público helvético a la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso 'Vozpópuli'.

Esta es la misma acusación a la que se enfrentarían los gestores que diseñaron el entramado societario que sirvió al antiguo rey para ingresar los 64,8 millones de euros que recibió en 2008 de Arabia Saudí (equivalente entonces a cien millones de dólares). El fiscal suizo Yves Bertossa investiga a Corinna Larsen, Dante Canonica y Arturo Fasana y también al banco local Mirabaud por blanqueo y "soborno de funcionarios públicos extranjeros".

Según el digital, de acuerdo con la ley suiza se considera autor de un delito de blanqueo a “quien haya cometido un acto que pueda obstaculizar la identificación del origen, el descubrimiento o la confiscación de bienes que supiera o debiera haber presumido que procedían de un delito calificado o de un delito fiscal (cuando los impuestos deducidos en un año superen los 300.000 francos)”. “Será castigado con una pena de prisión de hasta tres años o con una sanción pecuniaria”, dice.

Pero esta pena puede alcanzar los cinco años de cárcel en algunos supuestos, como que el investigado realice “un volumen de negocios o una ganancia significativa al participar en el negocio del lavado de dinero”. Según consta en la investigación de Bertossa, solo en 2012 el rey Juan Carlos I ordenó transferir el dinero saudí desde Suiza a una cuenta a nombre de una sociedad de Corinna Larsen en las Bahamas.

Otros supuestos suponen “actuar como miembro de una organización delictiva” o una “una banda formada para participar sistemáticamente en el lavado de dinero”. En poder de Bertossa figuran datos de una quincena de operaciones sospechosas entre al menos agosto de 2008, cuando se creó la fundación Lucum para ingresar el dinero saudí, y el año 2017, cuando Corinna Larsen transfirió 42 millones de dólares desde su cuenta de las Bahamas a otra cuenta personal de Estados Unidos.

Con respecto al soborno de funcionarios públicos extranjeros, la comisión precisa que “se castigará con penas privativas de libertad de una duración máxima de cinco años o con sanciones pecuniarias”. Castiga a toda persona que haya “ofrecido un beneficio indebido a una persona que actúe en nombre de un Estado extranjero” ya sea a su favor o de un tercero “por la realización u omisión de un acto relacionado con su actividad oficial y que sea contrario a sus deberes o dependa de su discreción”.