Cada convocatoria electoral pasa lo mismo: ¿qué hay de quienes no viven en su comunidad autónoma? Para quienes se han mudado a otra región andaluza, el proceso es muy sencillo gracias a Correos. No ocurre lo mismo para quienes residen en el extranjero... y así volverá a pasar de cara a los comicios andaluces.

Desde que en abril el actual presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, convocara el adelanto electoral para el 19 de junio en la región, la duda es la misma: ¿cómo solicitar el voto por correo si vivo fuera de España? La respuesta nos la dan desde el Ministerio de Exteriores, y aquí explicamos las diferentes casuísticas.

Tipos de voto desde el extranjero

Exteriores explica que en las elecciones hay dos modalidades de voto según la situación de residencia de la persona que quiere ejercer su derecho desde el extranjero. Por un lado, está el voto de residentes, llamado voto CERA en alusión a que se trata de las personas que están inscritos en el Censo de Electores Residentes Ausentes. De otro lado, está el voto de los españoles inscritos en el Censo Electoral de Residentes en España (CER) que temporalmente se encuentren en el extranjero, el que se llama como voto ERTA.

Solicitar el voto CERA para las elecciones andaluzas

Lo primero que hay que hacer es comprobar si estás dado de alta como residente en el Consulado que corresponda según el país en el que estés. Si no es el caso, tienes que gestionar el alta.

Según la fecha de alta, se te incluirá, o no, en el censo. La forma de comprobarlo es mediante la consulta de las listas que se expusieron en la oficina consular correspondiente entre el 2 y el 9 de mayo. "En ese período se pueden realizar reclamaciones para corregir errores", añaden desde Exteriores.

Una vez estés en el censo electoral, ya se puede realizar la solicitud de voto a través del impreso correspondiente que puede encontrarseen la web de exteriores. Hasta el 21 de mayo es cuando se puede solicitar la documentación electoral, lo que se conoce como 'ruego del voto' o 'voto rogado'. La documentación electoral deberá solicitarse mediante impreso oficial debidamente firmado y con una fotocopia de su pasaporte o DNI. Con esto, un consejo: no esperes a que se cumpla la fecha, pues a veces se pueden producir retrasos que pueden incluso derivar en la imposibilidad de votar. Mejor ir con margen.

Después de esto, antes del 30 de mayo (inclusive) recibirás en tu domicilio la documentación electoral necesaria (listas de candidaturas y sobre para votar, así como instrucciones). Este voto se puede enviar por correo postal a la oficina consular o presentar presencialmente en la urna que se habilitará en la oficina consular entre los días 15, 16 y 17 de junio.

Es importante informarse de los horarios concretos de cada oficina consular. Por otro lado, desde Exteriores recuerdan que el Censo Electoral vigente para esta convocatoria es el cerrado a 1 de febrero de 2022. "A ese censo se incorporarán las reclamaciones que hayan sido estimadas", añaden.

Cómo pedir el voto ERTA para las elecciones en Andalucía

Si no vives en el extranjero (o no estás censado) pero estás fuera de España por un tiempo y no puedes llegar a votar, puedes solicitar el voto ERTA. En este caso, lo necesario es darte de alta como 'no residente' en el plazo que determina la ley. Una vez hecho esto, es necesario rellenar el impreso de solicitud de la documentación electoral y enviarlo a través de la oficina consular correspondiente en cada país.

Cuando recibas en el domicilio que hayas puesto tu documentación necesaria, podrás ejercer tu derecho al voto mandándolo por correo a la mesa electoral correspondiente en España. Las fechas son similares a las del voto rogado: tienes hasta el 21 de mayo para solicitar el voto, hasta el 30 para recibir la documentación y hasta el 15 de junio para emitir el voto.