No es un permiso desconocido hasta la fecha, aunque se esperaba su aprobación más tarde. El Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado, enmarcado en la prórroga del decreto ley anticrisis, una serie de medidas de conciliación familiar entre las que se encuentra el permiso parental de ocho semanas que estaba previsto que fuera incluido en la Ley de Familias, una de las cerca de 60 normas que se quedan en el aire tras el adelanto electoral.

Así pues, el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, liderado por Ione Belarra, ha incluido en la prórroga de este decreto ley varias medidas de conciliación familiar, entre las que se encuentra este permiso. Al inicio de las negociaciones entre PSOE y Unidas Podemos, se habló de un permiso de ocho semanas sin remunerar, si bien el pasado mes de abril se acordó que éste sí fuera remunerado, acatando así la normativa europea sobre conciliación.

¿Cuándo entra en vigor esta medida?

Dado que la disolución de las Cortes (debido al adelanto electoral) ya es efectiva y no hay plenos en el Congreso, es la Diputación permanente el órgano que asume la facultar de convalidar o derogar las medidas que haya adoptado el Gobierno vía decreto ley. Ahora bien, la norma europea dispone que los países tienen un plazo límite para establecer estas medidas de retribución relativas a este permiso. Este plazo finaliza en agosto de 2024, por lo que su entrada en vigor ha de tener lugar antes de llegar esa fecha.

Cómo solicitar el permiso parental de ocho semanas

Todavía no hay información concreta acerca de la manera en la que habría que solicitar este permiso, aunque se espera que siga los cauces similares a los de otros permisos parecidos, como las prestaciones por nacimiento y cuidado de menores. De seguir los mismos cauces, el permiso se podría solicitar de manera presencial (en los centros de atención e información de la Seguridad Social, con cita previa) o por correo ordinario, rellenando un formulario de solicitud concreto.

Otra opción sería la de presentar la solicitud del permiso 'online', trámite que se puede hacer de dos maneras:

  • Con certificado digital o Cl@ve PIN: si se tiene alguna de estas dos herramientas de acceso, el permiso se puede tramitar en el portal Tu Seguridad Social, al que se puede acceder desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Habrá que rellenar una serie de datos y adjuntar la documentación correspondiente.
  • Sin métodos de identificación: existe una modalidad para acceder a una plataforma del INSS sin necesidad de disponer de certificado digital.

¿Quién podrá pedir el permiso parental?

Para poder solicitar este permiso es imprescindible ser trabajador —da igual que sea padre o madre— y que su objetivo sea el cuidado de un hijo o hija o de un menor acogido de más de un año hasta que cumpla los ocho años.

El modo en el que se disfrute de este tiempo puede ser ininterrumpido o no, y a tiempo parcial o completo, por lo que se puede recurrir a este permiso para, por ejemplo, fechas complicadas como las vacaciones de verano en las que los colegios y guarderías permanecen cerradas.