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DEL 2 AL 8 DE AGOSTO

La última campaña de la DGT persigue una de las infracciones más comunes que puede costarte 1.000 euros, varios puntos e, incluso, la cárcel

La Dirección General de Tráfico ha puesto en marcha una red de vigilancia y control del consumo de alcohol y/o drogas por parte de los conductores.

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Con julio consumido y agosto recién estrenado, la Dirección General de Tráfico (DGT) vuelve a la carga con una de sus campañas recurrentes en época estival. Del 2 al 8 de agosto vigilará y controlará el consumo de alcohol y/o drogas por parte de los conductores. El objetivo es cercar y erradicar una infracción que conlleva multas de 1.000 euros, pérdidas de punto en el carnet de conducir e, incluso, penas de cárcel.

Durante esta semana, la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil contará con el apoyo de los ayuntamientos para tejer su red de vigilancia. A lo largo de las 24 horas del día repartirán puntos con controles en todas las carreteras con una misión clara: interceptar a los conductores que se ponen al volante tras haber consumido alcohol o drogas. Una práctica frecuente según lo que se desprende de la Memoria de hallazgos toxicológicos en víctimas mortales de accidentes de tráfico.

Según los resultados del citado informe, en 2020, de los 597 conductores que perdieron la vida en un accidente de tráfico (y fueron sometidos tanto a una autopsia como a un análisis toxicológico), el 48,7% (291) dio positivo en alcohol, drogas de abuso y/o psicofármacos. Una cifra que representa un incremento del 3,2% respecto a 2019… teniendo en cuenta, además, que el año pasado estuvo marcado por el Estado de Alarma y las restricciones de movilidad.

Alcohol al volante
Alcohol al volante | Pixabay

Límites y multas

La Ley de Seguridad Vial establece que la tasa máxima de alcohol en sangre con la que un conductor se puede poner al volante sin quebrantar la ley es de en 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado. Si se trata de un conductor novel o profesional esta cifra se reduce: 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado. Rebasar estos límites está penado con diferentes sanciones que dependerán de la gravedad de la infracción:

  • Entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l en aire espirado: multa de 500 euros y pérdida de cuatro puntos en el carnet.
  • Entre 0,5 mg/l y 0,6 mg/l en aire espirado: multa de 1.000 euros y pérdida de seis puntos en el carnet.
  • Más de 0,6 mg/l en aire espirado o más de 1,2 g/l de alcohol en sangre: en este nivel la infracción se convierte en un delito, tal y como establece el Capítulo IV del Título VIII del Código Penal. En este caso, además de perder el carnet de uno a cuatro años, el castigo puede ser: pena de cárcel de tres a seis meses, una multa de seis a doce meses o entre 30 y 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad.
Si las autoridades te piden hacer un control de alcoholemia, estás obligado a hacerlo
Si las autoridades te piden hacer un control de alcoholemia, estás obligado a hacerlo | Pixabay

Drogas y controles

El consumo de drogas está penado con una multa de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos en el carnet de conducir. Si el positivo constituye un delito, las sanciones podrán ser las mismas que en el caso anterior: pérdida del permiso de uno a cuatro años más pena de cárcel de tres a seis meses, una multa de seis a doce meses o entre 30 y 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad.

Por último, cabe recordar que negarse a realizar las pruebas de detección de alcohol o drogas también es un delito. En este caso, la pena será la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años y de seis meses a un año de cárcel.

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