Las cuatro asociaciones judiciales han tildado de "irresponsables" e "intolerables" las declaraciones del ministro de Justicia, Rafael Catalá, en las que ha asegurado que el juez que dictó el voto particular en el caso de 'La Manada', Ricardo González, tiene algún "problema singular"y que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) debió actuar preventivamente.

Desde Jueces y Juezas para la Democracia (JJPD), su presidente Ignacio González ha explicado que no se puede generar sombra de duda en los jueces que ejercen su función y que si supiera de la existencia real de este problema lo que tendría que haber hecho es ponerlo en conocimiento del órgano de gobierno de jueces.

"Las resoluciones judiciales se combaten con los recursos. No se puede hacer esta declaración ruin en la cual se pone en duda su eficacia", ha precisado González en referencia a las manifestaciones hechas por el titular de Justicia que esta mañana se ha mostrado sorprendido de que el Consejo no haya actuado en su caso asegurando que los "resultados singulares" ocurridos en referencia a la resolución sobre 'La Manada', se podrían haber evitado.

En la misma línea se ha pronunciado el portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura (APM), Celso Rodríguez, que le ha reprochado que atribuya pasividad al CGPJ en el control de los jueces. "Debería ser más prudente a la hora de lanzar este tipo de juicios de valor subliminales porque, entre otras cosas, no es competencia del Ministerio de Justicia", ha apuntado.

Jueces y magistrados piden respeto a la separación de poderes

La presidenta de Foro Judicial Independiente, Concepción Rodríguez, ha aseverado que la conducta de Catalá es "absolutamente reprochable" y le ha acusado de no haber respetado la separación de poderes. "Es incendiario e irresponsable y si hubiera algún tipo de cuestión corresponde al CGPJ tratarlo; se trata de una violación de la independencia judicial", ha apostillado.

A juicio de Raimundo Prado, portavoz de la Asociación de Jueces y Magistrados Francisco de Vitoria (AJFV), el ministro ha sembrado la duda con afirmaciones "muy graves" que, de ser verdad, tendría que haber puesto en conocimiento en el CGPJ antes de que se produjera la sentencia. En la misma, el juez emitió un voto particular a favor de la absolución de los acusados al entender que no quedaba probado el abuso sexual continuado por el que les ha condenado el tribunal.

Ricardo González, magistrado de la Audiencia Provincial de Navarra, fue sancionado hasta en cuatro ocasiones por retrasos en sus resoluciones entre finales de los años noventa y principios de los 2000, cuando era titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Bilbao. Sin embargo y según informa el CGPJ, en el actual mandato del consejo de gobierno no se ha incoado ningún expediente disciplinario contra el magistrado.

Aquí el comunicado completo de las asociaciones de jueces y magistrados tras la sentencia de 'La Manada':

El Estado de Derecho se sustenta en el respeto a la Ley y a la aplicación que de la misma llevan a cabo los Jueces y Magistrados que integramos el Poder Judicial siendo fundamental en una sociedad democrática la confianza y el respeto hacia las instituciones.

Como integrantes de uno de los tres poderes del Estado, las decisiones de Jueces y Magistrados están sometidas a la crítica pública, pero esta crítica no puede amparar las descalificaciones personales, el insulto, los actos de fuerza o las coacciones.

La independencia judicial garantiza el sometimiento de Jueces y Magistrados únicamente al imperio de la Ley, Ley que emana del pueblo a través del Poder Legislativo, sin que en ningún caso sea posible apartarse de esa Ley y actuar movidos por prejucios, juicios paralelos o presiones siendo mucho más importante garantizar ese respeto a la Ley que los reproches sociales que nuestra labor puede provocar pues solo de esa manera garantizaremos el funcionamiento del Estado de Derecho. Ese respeto a la Ley es el que fundamenta todas y cada una de las resoluciones que cada día se dictan en los Juzgados a los que los ciudadanos acuden a resolver sus controversias.

Es comprensible que la opinión pública pueda no comprender ni compartir lo resuelto por la Audiencia Provincial. Es admisible e incluso deseable que surja un debate en cuanto a la regulación que el Código Penal español hace de los delitos contra la libertad sexual, de los términos que se utilizan para definir las diferentes conductas, incluso de la necesidad de adaptar el contenido de esos preceptos a la actual realidad social. Labor ésta que ha de llevar a cabo el Poder Legislativo de quien emanan las leyes que los Jueces aplicamos.

Pero el legítimo ejercicio del derecho a la crítica de las resoluciones judiciales no ampara la coacción o el uso de la violencia para mostrar el desacuerdo con dichas resoluciones y mucho menos la amenaza o la difamación de quienes, en el ejercicio de sus funciones constitucionales, han dictado sentencia.

La sentencia de la Audiencia Provincial, tras la celebración de un juicio regido por los principios constitucionales de defensa y contradicción, ha llevado a cabo un minucioso análisis de las pruebas practicadas, ha consignado unos hechos declarados probados y ha concluido una calificación jurídica conforme a una extensa motivación. Esa calificación jurídica, muy compleja por otro lado, puede compartirse o no, y por este motivo nuestro sistema prevé también un régimen de recursos que permita revisar lo resuelto y mantenerlo o modificarlo. Es decir, todavía dos órganos superiores, la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra y la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo podrá revisar todas aquellas cuestiones respecto de las que exista desacuerdo.

El respeto a la independencia judicial es esencial para garantizar la paz social, la convivencia democrática y el respeto a los derechos fundamentales, siendo esta obligación especialmente predicable de los otros dos poderes del Estado, es decir, de los representantes de la soberanía nacional y de los miembros del Gobierno. Resulta inadmisible que personas con responsabilidades políticas utilicen esta sentencia para tratar de desprestigiar al Poder Judicial, para conculcar la separación de poderes o para realizar manifestaciones carentes de rigor.

Especialmente escandalosa resulta la actitud del Ministro de Justicia SR. CATALÁ, único ministro reprobado en nuestra democracia, quien sabiendo que el Consejo General del Poder Judicial no puede actuar en el ejercicio de la función jurisdiccional, con una clara intención de confundir a la ciudadanía y movido por intereses exclusivamente políticos ha solicitado que se exijan responsabilidades disciplinarias e incluso ha insinuado abiertamente que el Magistrado firmante del voto particular “tiene algún problema singular que todo el mundo conoce”. Estas manifestaciones que no tienen cabida en el desempeño responsable de su función como Ministro de Justicia deberían provocar su inmediata dimisión.