Desestima los recursos

La Audiencia de Valencia confirma el archivo de la causa por el mortal incendio de Campanar

El contexto El fuego, declarado en febrero de 2024, calcinó un edificio entero y dejó 10 víctimas mortales, conmocionando al barrio de Campanar de la capital valenciana.

Dos personas contemplan los restos del incendio de Campanar, en una imagen de archivoDos personas contemplan los restos del incendio de Campanar, en una imagen de archivoEFE/ Kai Försterling/Archivo
Escucha esta noticia
0:00/0:00

La Audiencia Provincial de Valencia ha desestimado los recursos presentados por las partes y confirmado el archivo de la causa abierta por el incendio de Campanar, en el que murieron 10 personas el 22 de febrero del año pasado.

El pasado mes de mayo, un juzgado valenciano determinó que el incendio fue accidental, sin un autor al que poder atribuir una infracción penal. Ahora, la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial confirma el auto de en el que sobreseía provisionalmente la investigación. Desestima así los recursos de apelación presentados por familiares de las víctimas, afectados y asociaciones de propietarios y residentes del edificio que fue devorado por las llamas.

En su resolución, los magistrados señalan que "el deber de especial diligencia" que se exige a los órganos judiciales encargados de la investigación de los delitos, "especialmente al estar implicada en el caso la lesión del derecho a la vida de quienes lamentablemente fallecieron en el siniestro de autos, ha sido cumplido adecuadamente en el caso". La Sala recoge que en la instrucción se han empleado "cuantas herramientas de investigación se han presentado como racionalmente posibles, necesarias, suficientes y adecuadas".

“Es cierto que el incendio de autos, su peculiaridad, magnitud y terribles consecuencias en vidas humanas, representaron en aquel momento una 'notitia criminis' suficiente para iniciar una investigación penal", añade el tribunal, que destaca que había "concernidas vidas humanas y destrucción de un gran número de viviendas".

Sin embargo, los jueces creen que "después de todo lo instruido en esta causa, y el conocimiento ya alcanzado de lo que pasó y sus causas, continuar instruyendo sin un rumbo fundado caería, en realidad, en una ilícita, a la par que estéril –visto lo ya actuado-, causa general". El auto concluye que "no ha lugar a establecer formalmente imputaciones, acordar la transformación del procedimiento para entrar en fases preparatorias de juicio oral ni tampoco ha lugar a la práctica de las diligencias solicitadas".