El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado que existen indicios de que el juez, Elpidio José Silva, cometió un delito de prevaricación y dos contra la libertad individual al encarcelar en dos ocasiones al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa. 

En un auto, la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJM desestima el recurso de apelación que interpuso el magistrado contra la resolución del instructor de la querella que interpuso contra él la Fiscalía, el magistrado Jesús Gavilán, de transformar las diligencias previas en procedimiento abreviado, dando así el primer paso para sentarle en el banquillo. 

Los magistrados desestiman los argumentos esgrimidos por Silva para precisarle que existen "indiciariamente" los delitos de los que le acusó la Fiscalía -que podrían acarrearle 40 años de inhabilitación-, "al menos la probabilidad de su existencia", y que ello deberá aclararse en el acto de juicio oral.

En concreto, el auto sostiene la "posibilidad de existencia" de dos delitos contra la libertad individual al encarcelar a Blesa en dos ocasiones que debe esclarecerse en un juicio, ya que "de los hechos imputados se desprende una situación obvia de abuso, que excede de las meras infracciones administrativas".

Y ello porque dictó un primer auto de prisión bajo fianza de 2,5 millones el 22 de mayo sin motivación, solicitado por una acusación particular -el sindicato Manos Limpias- que no estaba personada, por lo que no puede hablarse de meros "errores judiciales", tal y como se justificó Silva en su recurso. Pocos días después, el 5 de junio, volvió a encarcelarle, esta vez sin fianza, sin haber resuelto sobre la devolución por parte de Blesa de la fianza que le había impuesto un día después de haber entrado en la cárcel. 

Silva alegó que estos supuestos errores correspondían al ámbito administrativo y no penal, pero el TSJM insiste en que estos hechos "exceden o tienen un plus sobre las distintas faltas imputables a jueces y magistrados" previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial. Asimismo, la sala aclara al juez Elpidio Silva que la designación de Gavilán fue "correcta" como instructor de esta causa al cumplir todas las normas contempladas en la Ley Orgánica del Poder Judicial y asegura que este juez ha practicado "todas las diligencias esenciales o necesarias para el esclarecimiento de los hechos".