La titular del juzgado de primera instancia número 46 de Barcelona ha acordado mantener sólo sobre Diego Torres la prohibición de difundir correos electrónicos que afecten a la intimidad de Iñaki Urdangarin, pero no sobre los medios de comunicación a los que también demandó el duque de Palma.
En un auto, la jueza Maria del Remei Vergés ha resuelto así confirmar la medida cautelar que ella misma impuso el pasado abril a Diego Torres, a petición de Urdangarin, a raíz de la demanda por vulneración del derecho a la intimidad que el duque presentó contra su exsocio y siete medios de comunicación.
Al inicio, la medida cautelar afectaba tanto a Torres como a los grupos editoriales contra los que el marido de la infanta Cristina dirigía su demanda. Sin embargo,la jueza ha acordado ahora levantar la prohibición a los medios al considerar que resultaría una decisión "incierta e ineficaz" dado que no hay constancia de que estén en posesión de los correos íntimos.
Para resolver sobre las medidas cautelares, la jueza convocó una vista para escuchar los argumentos de las partes, en la que Torres, que compareció como testigo, aseguró que nunca había remitido correos a los medios, ni concedido entrevistas ni efectuado declaraciones sobre los mismos y que, además, actualmente no tiene ningún correo de Urdangarin.
Sin embargo, para la jueza, "es un hecho indubitado que Diego Torres dispone de los correos controvertidos", ya que parte de ellos han sido aportados por él mismo a la causa que instruye el juez José Castro por el desvío de fondos del Instituto Nóos que dirigía junto a Iñaki Urdangarin.
Además, la jueza recuerda que tanto el yerno del Rey como Torres declararon que en el Instituto Nóos se efectuaban semanalmente copias de seguridad de los ordenadores. En opinión de la magistrada, "ha quedado acreditado y es notorio", que Torres puede acceder a los correos del duque, por lo que acuerda mantenerle la medida cautelar "en prevención de que pudiera decidir filtrarlos a cualquier medio de comunicación y con ello frustrar la protección a la intimidad" que el duque de Palma solicita.
Por ese motivo, el auto prohíbe al que fuera socio de Urdangarin en Nóos descubrir, revelar, difundir o divulgar por cualquier medio el contenido de los mensajes que hagan referencia a la vida íntima del duque de Palma o de su familia, así como hacer declaraciones, comentarios, opiniones o juicios de valor sobre los mismos, "en aras a preservar el derecho a la intimidad del demandante".
Respecto a los medios de comunicación demandados, la jueza cree que no está acreditado "en modo alguno que estuvieran en posesión de los 'mails' ni que fueran a publicarlos en breve". Además, razona la magistrada, "no hay justificación para legitimar que unos medios de comunicación vean limitado su derecho a la información y otros medios no, cuando previa a la interposición de la demanda otros medios publicaron noticias similares a las publicadas por los demandados y no se han visto perjudicados".