Llegó el día. Este martes, tras una larga negociación, muchos tiras y aflojas y la revisión hasta el milímetro, el Consejo de Ministros aprueba la primera ley integral para el colectivo trans. Un texto que ha generado importantes diferencias en el seno del Gobierno, en el que, por una parte, el Ministerio de Igualdad, encabezado por Irene Montero, defendía la propuesta ante las reticencias de otro sector del Ejecutivo, liderado por la vicepresidenta Carmen Calvo, que reclamaba mayor seguridad jurídica.

Así, la Ley Trans ya está aquí. Se trata de una norma que propone cambios visibles conforme a la legislación anterior, y por eso, Montero ha calificado el día como "histórico". Tras su aprobación, las personas trans podrán autodeterminar su género en un proceso más flexible, por el que ya no es necesaria la hormonación ni ningún informe psiquiátrico.

"Es una ley feminista que entiende que o llegamos todas, o todas somos capaces de eliminar todas las discriminaciones, o no llegará ninguna", ha subrayado Irene Montero. "Nos hace una sociedad mejor, más libre. Es una ley que trabaja para ampliar las oportunidades de felicidad de las personas".

"Es una ley feminista que entiende que o llegamos todas, o todas somos capaces de eliminar todas las discriminaciones, o no llegará ninguna"

Irene Montero, ministra de Igualdad

¿Qué es lo que varía? ¿Qué recoge exactamente este texto legal, que era una de las grandes banderas de Unidas Podemos al alcanzar la Moncloa de la mano de Sánchez? laSexta desmenuza las claves de la ley más polémica en lo que va de legislatura, y que sitúa a España como uno de los países con la legislación más avanzada, en la misma línea que Malta, Irlanda, Dinamarca, Noruega o Luxemburgo.

"Nos pone en la vanguardia europea", ha afirmado la ministra, "y va en consonancia con el trabajo del presidente del Gobierno en el liderazgo de la defensa de los derechos LGTBI y humanos en Europa".

1. La autodeterminación del género

De acuerdo con el Ministerio de Igualdad, mediante esta nueva ley "las personas trans son quienes deciden quienes son, no lo decide nadie por ellas". Concretamente, a partir de ahora este grupo de personas simplemente tendrá que comparecer en cualquier oficina del Registro Civil, informar de su disconformidad con el sexo asignado y hacer una petición de cambio.

De este modo no se necesitan medios de pruebas, ni tampoco testigos.

2. Despatologización

Las personas trans dejan legalmente de ser consideradas enfermas, tal y como ya ha indicado la OMS.

3. Los propios menores deciden

A partir de los 16 años, los menores pueden acudir al Registro Civil e iniciar el proceso para cambiar de sexo. De 14 a 16 años, tendrán que ir acompañados por sus padres o tutores y de 12 a 14, la modificación solo se realizará con una autorización judicial. Además, los menores de 12 años podrán cambiar de nombre sin prueba testifical. A ojos del departamento dirigido por Irene Montero, esto consolida "el derecho de los menores a ser escuchados y escuchadas". Además, el ministerio pone el foco en lo que este mecanismo puede suponer a nivel de derechos en ámbitos como la educación o el deporte.

4. Maternidad y filiación

La maternidad también tiene un rol importante en la nueva legislación. Primero, porque las mujeres lesbianas, bisexuales y solas volverán a tener acceso a técnicas de reproducción humana asistida tras 7 años sin acceso a ese derecho en el Sistema Nacional de Salud.

Pero también porque se permite que la filiación de los hijos e hijas de mujeres lesbianas o bisexuales, tras una modificación del artículo 120 del Código Civil.

5. Prohibición de las terapias de conversión

Puede que sea uno de los puntos más importantes que se aprueba este martes en el Consejo de Ministros. En la ley se prohíben las terapias de conversión, aversión o contracondicionamiento, en cualquier forma, destinados a modificar la orientación o identidad sexual o la expresión de género de las persona.

6. La escuela y la empresa dejan de ser hostiles para las personas LGTBI

Para las personas LGTBI se consolidan sus derechos en la escuela y el trabajo, principalmente.

Se prevé la inclusión en el currículo básico del conocimiento y respeto a la diversidad sexual, de género y familiar como un objetivo en todas las etapas educativas, así como formación en la materia para todo el profesorado. Se promoverán programas de educación sexual y reproductiva y de prevención de ITS con especial consideración al VIH.

En el ámbito laboral, por su parte, se recoge la prohibición de toda forma de discriminación en el acceso y permanencia en el empleo, la contratación y las condiciones de trabajo. También se promueven medidas de acción positiva para favorecer el acceso de las personas LGTBI al empleo, especialmente de las mujeres trans, así como de otras medidas de igualdad en el ámbito laboral para el colectivo, como facilitar los procedimientos para dar cauce a las denuncias por discriminación.

7. El papel de las personas intersexuales

Se legislan por primera vez derechos fundamentales para las personas intersexuales, como son el derecho a no sufrir mutilación alguna al nacer o el de no tener que ser inscritas en un sexo que no tienen definido durante los primeros meses de vida.

Cómo cambiar de sexo en el Registro

Para llevar a cabo el cambio de sexo registral, la persona solicitante debe pasar por varias etapas. En todo caso, se trata de un proceso puramente administrativo, que dura 4 meses en total. ¿Es posible echarse para atrás? Realmente sí, pero no de manera continua. Una vez efectuado el cambio y pasados 6 meses, el solicitante sólo puede rectificar en sede judicial, mediante una Jurisdicción Voluntaria.

El primer paso para llevar a cabo el procedimiento es que la persona legitimada comparezca en cualquier oficina del Registro Civil. Una vez allí cubrirá un formulario que recogerá su disconformidad con el sexo mencionado y la petición de cambio. La encargada del Registro Civil informará de las consecuencias legales que tendrá este cambio, solicitando la rectificación tras haber sido informada.

En el plazo máximo de 3 meses la persona llevará a cabo una nueva comparecencia para ratificar su solicitud y la persistencia de su decisión de cambio de sexo. Por tanto, se ratifica la persistencia de esa decisión, no la identidad de género de esa persona. Finalmente, la persona encargada del Registro Civil deberá dictar una resolución en el plazo máximo de un mes tras la doble comparecencia.