EXPULSADO DEL CASO GÜRTEL Y DEL CASO BÁRCENAS EN LA MISMA SEMANA
La Audiencia Nacional apunta a una posible contabilidad B en el PP
Carlos Floriano evita las preguntas sobre el último revés judicial para el PP En el caso Bárcenas pidiéndole un beso a la reportera de laSexta Noticias. La Audiencia Nacional expulsa definitivamente al PP como acusación particular del caso. El auto deja claro que el Partido Popular no es el perjudicado si no sujeto investigado. Además habla de una posible contabilidad B en el PP, de indicios de delito contra la Hacienda Pública y de supuestas malas prácticas políticas.

La noticia ha llegado al congreso de los populares valencianos. Desde la tribuna los dirigientes de la cúpula nacional pedían renovación tras los escándalos del PP valenciano. Pero entre el público la imputada Sonia Castedo les restaba importancia.
Los máximos representantes de Génova reunidos en el congreso de los populares valencianos no han querido referirse al auto judicial. A pesar de la insistencia de Cristina Pardo, reportera de laSexta Noticias, a Carlos Floriano, este no ha querido dar respuestas y ha evitado contestar pidiéndole un beso a la periodista.
El auto de la Audiencia Nacional
La sala afirma que procede expulsar al PP de la pieza, tal y como ya hizo el pasado lunes de la causa principal de Gürtel, porque se crea una "situación contradictoria", ya que las investigaciones recaen también en miembros del partido.
Añade que aunque el PP se atribuye la condición de parte perjudicada por "los negativos efectos que en la opinión pública y publicada tienen los documentos que el diario El País difundió" con los papeles manuscrito, esta circunstancia "no le confiere sin más tal calidad de perjudicada, ofendida o víctima de los actos con apariencia delictiva que se investigan".
Considera que el PP no ha precisado de qué delitos es víctima y no ha dirigido ninguna acción penal contra los supuestos partícipes de los supuestos delitos ni ha pedido ninguna diligencia para perseguir los comportamientos delictivos.
Además, según la sala que ya avaló que se denegara al PP la condición de parte en la causa principal, en el momento actual el partido no ha acreditado que se le haya producido "algún menoscabo como consecuencia directa e inmediata de los actos supuestamente delictivos".
Estos hechos, indica, tratan sobre la posible existencia de una contabilidad B en el PP "que pudiera haber generado un fluido de ingresos no declarados", lo que podría ser constitutivo de delitos contra la Hacienda Pública, "sin perjuicio de otros muchos relacionados con las malas prácticas políticas, incluidas las entregas de dinero a personas sin existir justificación para ello y soslayando la contabilidad oficial".
"Tal circunstancia coloca al Partido Popular en una situación incompatible con el ejercicio de la acusación popular que se le había conferido, ante la real y no hipotética perspectiva de poder ser considerado responsable civil", apunta, y agrega que los datos que se han ido conociendo "llevan a la convicción" de que tiene esta condición.
La sala -compuesta por Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel- rechaza además en el auto la justificación del PP de que no puede haber cometido un delito contra la Hacienda Pública porque de ello le exime la Ley de Financiación de Partidos, una "solución simplista" que "está plagada de quiebras".
Para la sección, solo quedan exentas de tributación "las donaciones privadas que cumplan el criterio de transparencia legalmente marcado" y sí se deben declarar a Hacienda "las donaciones que no se adecúen a los requisitos de forma y cuantía establecidos por la ley".
En el auto, repite la felicitación al juez instructor, Pablo Ruz, por su "encomiable labor depuradora de los verdaderos contornos de la acción popular" y descarta "cualquier atisbo de artificiosidad e improcedencia en la denegación de su condición de acusador popular".