Una jueza de Barcelona ha absuelto al rapero Morad y a otro hombre de los delitos de robo en grado de tentativa en casa habitada y amenazas que se les imputaban, al no quedar probada su participación en los hechos.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso laSexta, "no queda suficientemente acreditado" que ambos acusados intentaran acceder a una finca de Barcelona para perpetrar un robo y tampoco ha quedado suficientemente acreditado que amenazaran a un vecino de dicha finca.

Ambos acusados habían negado su participación en el presunto intento de robo, que se habría producido en abril de 2018 en la Ciudad Condal, cuando un vecino sorprendió a dos personas supuestamente intentando forzar el portal con un destornillador y que le habrían amenazado de muerte al percatarse de que les había fotografiado.

La sentencia

Sin embargo, la sentencia recoge que, pese a que el testigo declaró que le pareció ver cómo una persona intentaba manipular la cerradura con un destornillador mientras otra miraba a la calle, esta no presentaba "ningún tipo de daño", por lo que "no se acredita con el rigor y la certeza que el derecho penal requiere que los acusados intentaran forzar la cerradura".

"No existe prueba de cargo suficiente, pues ni siquiera el testigo ocular esta seguro de que los acusados realizaran tal acción", incide la sentencia, que concluye que "no se acredita el tipo objetivo del delito de robo".

En cuanto a las amenazas, según la declaración del testigo, esos dos individuos le dijeron "hijo de puta, te vamos a matar", hecho que, concluye la magistrada, constituiría un delito leve de amenazas. Además, la jueza considera que existe "una duda razonable" sobre la autoría de los hechos. Destaca en la sentencia la mala calidad de las fotografías aportadas, en las que "difícilmente puede reconocerse a las personas que figuran en ellas".

Así, la jueza dicta un fallo absolutorio y absuelve de ambos delitos que imputaba la Fiscalía a los dos acusados y por los que pedía para ellos dos años y medio de prisión.